El PSOE y Esquerra abaratan la malversación: la pena máxima se recorta de 12 a 4 años de prisión

Luís Pousa Rodríguez
Luís Pousa REDACCIÓN / LA VOZ

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El diputado de ERC, Gabriel Rufián, durante el debate de Presupuestos en el Congreso.
El diputado de ERC, Gabriel Rufián, durante el debate de Presupuestos en el Congreso. CHEMA MOYA | EFE

Unidas Podemos se desmarca del acuerdo entre socialistas y republicanos, pero apoya con sus votos las enmiendas a la reforma del Código Penal

12 dic 2022 . Actualizado a las 20:34 h.

El Gobierno ha pisado el acelerador para aprobar este jueves en el Congreso la reforma del Código Penal que derogará el delito de sedición, que se sustituirá por un nuevo tipo de desórdenes públicos agravados, y que retocará a la baja el abanico de penas de la malversación.

El PSOE, Unidas Podemos y ERC votaron este lunes en la ponencia de la comisión de Justicia del Congreso a favor de la rebaja del castigo por malversación, que en el caso de que no exista lucro personal tendrá penas de uno a cuatro años de prisión (Esquerra proponía tres) y de inhabilitación de dos a seis años.

Con su actual redacción, el Código Penal castiga la malversación de caudales públicos en su modalidad agravada —la que recoge la sentencia de Oriol Junqueras, condenado a 13 años de inhabilitación— con una horquilla que va desde cuatro a ocho años de cárcel y un período de inhabilitación de diez a veinte años. Si los recursos públicos desviados superan los 250.000 euros, la malversación se puede sancionar con un máximo de doce años de prisión.

Podemos se desmarca

La iniciativa, impulsada por Esquerra para garantizar que Oriol Junqueras pueda presentarse a las elecciones catalanas previstas para febrero del 2025, beneficiará directamente a unos cuarenta dirigentes independentistas (entre los ya condenados, los prófugos de la Justicia y los que están pendientes de juicio). Del acuerdo se desmarcó, aunque solo ligeramente, Unidas Podemos. La formación morada no firmó el pacto suscrito por el PSOE y ERC, pero se comprometió —como así hizo luego en la ponencia— a apoyarlo con sus votos y no permitir que «descarrilase» en el Congreso.

«Nos sorprende ese ‘sí, pero no firmo lo que voto'», apuntó desde Ferraz la portavoz del PSOE, la ministra Pilar Alegría.

La cuestión no solo ha abierto, por enésima vez, las grietas entre el flanco socialista del Gobierno y sus compañeros de Unidas Podemos en el Consejo de Ministros. En el seno del partido morado el debate interno se transformó en discrepancias públicas sobre cómo afrontar una cuestión que toca dos temas muy sensibles para el grupo confederal: Cataluña, donde los comunes tienen posición propia, y la lucha contra la corrupción, una de las banderas que empuñó Podemos desde su fundación. «Tenemos muchísimas dudas», resumió este lunes Pablo Fernández, coportavoz de la formación, que calificó el retoque de la malversación como una cuestión «muy delicada»

Si en Podemos temen que la reforma beneficie a condenados por algunos de los casos de corrupción más sonados de los últimos años, en su versión catalana, los comunes, parecen más en sintonía con el acuerdo entre Esquerra y el PSOE. «Es una música que suena bien», sentenció este lunes su líder, Jaume Asens, que compagina ese cargo con el de presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos en el Congreso.

Las reformas pactadas

Madrid / Efe

El grupo socialista y ERC han llegado a un acuerdo que rebaja las penas del delito de malversación cuando no exista ánimo de lucro o enriquecimiento personal, que estará castigado con un máximo de 4 años de prisión frente a los 8 que marca el actual Código Penal en su tipo agravado.

Reunida en sesión extraordinaria en la tarde del lunes, la ponencia de la Comisión de Justicia ha incorporado esta y otras enmiendas a la proposición de ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos para eliminar el delito de sedición y convertirlo en un uno agravado de desórdenes públicos, pasando de un máximo de 15 años de cárcel a cinco.

Finalmente, además de esa reforma, se modifica el delito de malversación, por el que también fueron condenados varios dirigentes del procés y por el que están procesados diversos cargos independentistas.

Tres tipos de malversación

La enmienda transaccional firmada por el PSOE y ERC y apoyada por Unidas Podemos y PNV distingue entre tres tipos de malversación y, según el grupo catalán, ninguno de ellos se corresponde con las conductas que llevaron a organizar el 1-O.

Según el texto pactado para el artículo 432, la autoridad o funcionario que, con ánimo de lucro, se apropie, o permita que un tercero se apropie, de patrimonio público que tenga a su cargo será castigado con entre 2 y 6 años de cárcel, pena que subirá de 4 a 8 años en su tipo agravado.

Se trata de una redacción similar a la que fija el actual Código Penal para toda la malversación, suponga o no un enriquecimiento personal. Sin embargo, el artículo 433 incluye otra nueva modalidad de malversación y castigará a quien dé al patrimonio público que administre «una aplicación diferente de aquella a la que estuviere destinado», conducta que estará castigada con cárcel de 1 a 4 años e inhabilitación de 2 a 6 años «si resultare daño o entorpecimiento graves del servicio al que estuviere consignado».

Si no se produce ese daño o entorpecimiento grave, la pena será de inhabilitación para cargo público de 1 a 3 años y multa de 3 a 12 meses. Según ERC, «este nuevo tipo no se corresponde tampoco con las conductas como la de organización del 1 de octubre, y menos aún con penas de prisión, dado que no se produjo ningún daño ni entorpecimiento grave del servicio público».

Todas están penalizadas

Fuentes del PSOE destacan por su parte que toda malversación está penalizada en una reforma que, lo que consigue, es castigar de forma proporcionada las diferentes conductas posibles.

Hay de hecho otra modalidad de malversación incluida en un nuevo artículo 432 bis, que castigará con pena de prisión de 6 meses a 3 años a quien, «sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio puesto a su cargo por razón de sus funciones».

«Si el culpable no reintegrara los mismos elementos del patrimonio público distraídos dentro de los diez siguientes al de la incoación del proceso», se le impondrán las penas del delito de malversación con ánimo de lucro.

Desórdenes públicos

Otras de las enmiendas que se han incluido en la reforma del Código Penal y que ha sido apoyada por ERC tras haber sido negociada entre PSOE y Unidas Podemos se refiere a la definición del tipo básico de desórdenes públicos para que en el caso de la ocupación de instalaciones (como puede ser una oficina bancaria) sea necesario que «se altere gravemente el funcionamiento efectivo de servicios esenciales en estos sitios».

El objetivos, según los grupos proponentes, es añadir condicionantes que restrinjan el castigo de una ocupación como desórdenes públicos. Para evitar la criminalización de manifestaciones y protestas pacíficas, se ha incluido también en el texto la enmienda pactada por PSOE y Unidas Podemos que exige que en los desórdenes públicos haya una actuación en grupo, finalidad de atentar contra la paz pública y violencia o intimidación.

Cambios en el Poder Judicial

En la ponencia se ha incluido, asimismo, la enmienda de PSOE y Unidas Podemos para cambiar el sistema de mayorías del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando elige a los magistrados del Tribunal Constitucional.

En el caso de que los vocales no consiguiesen un consenso tres meses después de que finalice el mandato de los magistrados salientes, se opta por un sistema de votación individual en el que serán elegidos los candidatos con más apoyos y sin necesidad de un «quorum» mínimo.

También plantea que si un poder no cumple con el plazo para renovar el Tribunal Constitucional (TC) se realice la renovación del poder que sí lo cumple sin que sea necesario que los magistrados se renueven por tercios, y suprime la necesidad de que el Constitucional verifique la idoneidad de los jueces propuestos.

Explotación laboral

En materia laboral se ha incorporado también la enmienda de PSOE y Unidas Podemos que recoge penas de prisión de seis meses a seis años a quienes, mediante engaño o abuso, impongan a los trabajadores a su servicio «condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan» sus derechos o a quienes impongan condiciones ilegales a sus trabajadores.

También se ha incorporado a la proposición la enmienda diseñada para que el período comprendido entre el 24 de diciembre y el 6 de enero de cada año judicial sea inhábiles a efectos procesales, en aras a la conciliación personal y laboral.