Los independentistas condenados por el «procés» pueden pedir la reducción de pena desde el 12 de enero

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Los indultados del «procés» que estaban presos en la cárcel de Lledoners posan ante los simpatizantes congregados ante el centro penitenciario.
Los indultados del «procés» que estaban presos en la cárcel de Lledoners posan ante los simpatizantes congregados ante el centro penitenciario. Kike Rincón | Europa Press

El BOE publica la reforma del Código Penal pactada con ERC

11 ene 2023 . Actualizado a las 12:21 h.

Los líderes independentistas catalanes condenados por el Tribunal Supremo en la causa del procés ya pueden comenzar a preparar la solicitud de revisión de condena. Este viernes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la ley orgánica aprobada el jueves en el Senado, a iniciativa del Gobierno y con el apoyo de ERC, con la que se elimina del Código Penal el delito de sedición y se modifica el de malversación. La norma entrará en vigor 20 días después de su publicación, es decir, el 12 de enero. Será entonces cuando los afectados de ERC y JxCat podrán presentar los escritos de revisión de condena. Ahora bien, el propio Tribunal Supremo puede revisar de oficio la sentencia y pedir informes a la Fiscalía, la Abogacía del Estado, Vox -que ejerció de acusación popular-, y a las defensas.

La reforma del Código Penal contó con la oposición de PP, Ciudadanos, JxCat y UPN y Vox. Se trata de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

El nuevo texto elimina el delito de sedición (de 5 a 15 años de prisión) y lo convierte en otro de desórdenes públicos agravados, con una pena máxima de 5 años, y reduce de 12 a 4 años el castigo máximo para la malversación sin ánimo de lucro.

De los condenados en el Supremo por el desafío al Estado en el 2017, cuatro lo fueron por los delitos de sedición y malversación. El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras (ERC) se llevó la condena más elevada: 13 años de cárcel e inhabilitación. Y a los exconsejeros Raül Romeva (Exteriores, Junts pel Sí), Dolors Bassa (Trabajo, ERC) y Jordi Turull (Presidencia, JxCat) se les impusieron 12 años de prisión.

Indultos y rebajas

El Supremo también condenó, pero solo por sedición, a 11 años y seis meses de cárcel e inhabilitación a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell (ERC), a 10 años y medio a los exconsejeros de JxCat Joaquim Forn (Interior) y Josep Rull (Territorio), y a 9 años a los exlíderes de la ANC Jordi Sànchez y de Òmnium Jordi Cuixart.

El Gobierno los indultó a todos del delito de sedición, que ahora desaparece, y verán además rebajadas sus condenas por malversación si no se observa lucro personal. La reforma trae beneficios para todos ellos en los años de inhabilitación a los que fueron condenados.

Pero hay al menos otra treintena de ex altos cargos de la Generalitat, como el ahora diputado de ERC Josep Maria Jové y el presidente del Puerto de Barcelona, Lluis Salvadó, que estaban en Economía con Junqueras, y que siguen pendientes de juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), por malversación y desobediencia. El cambio en la ley obligará a modificar las acusaciones fiscales y de la Abogacía del Estado, y tipificar los hechos con los nuevos tipos penales, por lo que sus condenas, además de ser menos gravosas ahora, se dilatarán en el tiempo.

Asimismo, los otros beneficiados del cambio legislativo son los huidos de la Justicia el expresidente Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín (Salud), Clara Ponsatí (Educación) y Lluís Puig (Cultura), pero también la republicana Marta Rovira, huida a Suiza.