¿Puedo exigir indemnización a mi banco por incluir cláusulas abusivas?

Cristina Porteiro
C. Porteiro REDACCIÓN / LA VOZ

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J.L.Cereijido | EFE

El Abogado General del TJUE se pronuncia sobre la posibilidad de pedir compensaciones tras la restitución del dinero

16 feb 2023 . Actualizado a las 13:30 h.

A.S y su pareja, E.S. firmaron en el 2008 una hipoteca con Bank M. para comprar una vivienda. Los términos del contrato establecían que los pagos se harían en eslotis polacos (PLN). Lo que ignoraban es que el préstamo se iba a indexar en francos suizos (CHF), encareciendo la factura final con el banco. 

Nadie les informó de la inclusión de dicha cláusula ni de las consecuencias que podría acarrear, por eso se decidieron a denunciar. La Justicia polaca les dio la razón y procedió a anular el contrato, al contrario de lo que vienen fallando los tribunales españoles, que han optado por anular tan solo la cláusula abusiva

En el caso expuesto, el banco no solo tuvo que restituir con intereses el dinero que cobró de más por su mala praxis, también se expuso a otra denuncia: el matrimonio le exigió una indemnización por haber usado su dinero sin base contractual. Alegaron que durante el tiempo que el contrato estuvo vivo, perdieron la posibilidad de obtener ingresos debido a la incapacidad temporal para usar su propio dinero y por la reducción del poder adquisitivo que sufrieron por culpa del banco. 

La Justicia polaca no las tenía todas consigo y consultó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el caso: ¿Pueden los consumidores pedir compensaciones después de haberles restituido el dinero cobrado de forma irregular?  El Abogado General Anthony Michael Collins opina que sí, siempre que la legislación nacional así lo contemple. Según sus conclusiones, publicadas este jueves, la legislación europea «no prevé las consecuencias de que se declare que un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor no existe jurídicamente tras la supresión de las cláusulas abusivas que se recogen en dicho contrato. Dichas consecuencias se determinarán por los Estados miembros, conforme a su Derecho nacional, con observancia del Derecho de la Unión». 

Es más, deja la puerta abierta a que cualquier país que no contemple esa posibilidad, lo haga: «puede constituir un incentivo para que los prestatarios ejerciten los derechos que les confiere la legislación europea, a la vez que se disuade a los bancos de introducir cláusulas abusivas en sus contratos», explica el TJUE en un comunicado. 

¿Pueden los hipotecados españoles exigir indemnizaciones?

En la mayor parte de los casos en los que los jueces se han encontrado con contratos hipotecarios que incluyen cláusulas abusivas, como las cláusulas suelo, gastos hipotecarios o IRPH, por ejemplo, han optado por anular la cláusula y obligar al banco a restituir con intereses las cantidades cobradas de forma irregular. Sin embargo, la abogada de Adicae, Karina Fábregas, explica que sí se podría exigir una indemnización a mayores «siempre que se acrediten daños». En tal caso, una familia que hubiera sido desahuciada a causa de un contrato hipotecario con cláusulas abusivas podría exigir a la entidad financiera una compensación adicional, no solo la restitución del dinero indebidamente cobrado.