El Gobierno endurece la plusvalía de la venta de pisos comprados en la crisis
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La letra pequeña del decreto de ayudas contra la inflación incluye cambios en los coeficientes y también obliga por ley a presentar el IRPF por internet
29 dic 2023 . Actualizado a las 16:09 h.No todo son ayudas que sirvan de alivio para el mordisco que la inflación le da a las economías familiares. La letra pequeña del decreto de medidas que el miércoles aprobó el Consejo de Ministros y que ayer se publicó en el Boletín Oficial del Estado ha dado para mucho más que el detalle de la ampliación —y retirada progresiva— de las medidas fiscales. De hecho, incluye también la tabla por la que el Ejecutivo fija los nuevos coeficientes máximos para calcular la plusvalía municipal en el 2024, al no haberse aprobado aún el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el ejercicio.
En línea con los cambios aplicados este año, que fue la primera vez que se revisaron los coeficientes desde la entrada en vigor del nuevo método de cálculo de la plusvalía, al que obligó el Tribunal Constitucional, el Gobierno ha vuelto a aliviar el tributo municipal que deben pagar quienes vendan un piso comprado durante los años de la burbuja y, a la vez, lo endurece para quienes se desprendan a una vivienda adquirida o heredada en la pasada crisis.
Es lo que se desprende de los cambios aprobados en los coeficientes en función de los años que hayan pasado desde que se incorporó la casa al patrimonio. Así, tal y como muestra el gráfico que acompaña la información, no se modifican para las ventas de inmuebles comprados o heredados hace menos de un año y hasta hace dos —continúan en el 0,15—, e incluso bajan para los adquiridos hace tres o cuatro años.
Sin embargo, tendrán que pagar entre un 11 % y casi un 27 % más que este año quienes vendan pisos que poseen desde hace entre siete y once años, pues el coeficiente aplicable para calcular la plusvalía sube en ese porcentaje.
Cabe recordar que este año la revisión al alza para esa horquilla de años fue aún mayor, pues llegó a alcanzar el 50 % de incremento de la tributación.
Por contra, la actualización supondrá una menor factura fiscal para quienes vendan inmuebles que poseen desde hace más tiempo. En concreto, los coeficientes bajan a partir de los 15 años de antigüedad de la compra, con la mayor rebaja (del 26,1 %, pasando del 0,23 al 0,17) para las hechas hace 18 años, lo que se corresponde con el pinchazo de la burbuja inmobiliaria y también con su momento de mayor esplendor, pues para los adquiridos hace más de 20 años el coeficiente máximo cae un 11 %, quedándose a partir de enero en el 0,40.
Los ayuntamientos pueden corregir hasta un 15 % a la baja los valores catastrales del suelo en función de su grado de actualización para que el tributo refleje la realidad inmobiliaria de cada municipio.
Adiós al IRPF a bolígrafo
El Gobierno también ha aprovechado el decreto de las medidas contra la inflación para sortear la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba la exigencia de utilizar únicamente medios telemáticos para presentar la declaración de la renta. El alto tribunal dejaba claro que presentar el IRPF por internet debía ser una opción, pero no una obligación para los contribuyentes, tal y como Hacienda había aprobado vía orden ministerial en el 2019.
La alegría de los contribuyentes menos digitales ha durado poco, ya que la disposición final segunda del decreto ley recoge que se podrá establecer la obligación de declaración a través de medios electrónicos «siempre que la Administración tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para la cumplimentación de la declaración por tales medios».
Es decir, que Hacienda mantiene la obligación de que todos los contribuyentes liquiden el IRPF por medios digitales, algo que ya ocurría con carácter general desde hace años. Desde la Agencia Tributaria subrayan que las presentadas en papel en el último año no llegaban al 0,2 % del total y que seis de cada diez de ellas tenían errores que daban problema al contribuyente y retrasaban devoluciones.
En cualquier caso, indican, no cambia la determinación de la cuota del impuesto y da continuidad a la «realidad práctica que viene poniéndose de manifiesto en las campañas de renta de los últimos diez años», con la habilitación legal expresa antes de que comience la campaña del 2023.