El Supremo vuelve a poner en duda la fijeza de los interinos y alarga su espera

G. Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

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Funcionaria del Concello de Teo
Funcionaria del Concello de Teo PACO RODRÍGUEZ

Pregunta al Tribunal de la UE cómo resarcir a los temporales en fraude de ley sin chocar con los principios de mérito y capacidad en el acceso a la función pública

30 abr 2024 . Actualizado a las 18:23 h.

Cientos de miles de interinos del sector público tendrán que seguir esperando para que se aclare si tienen derecho a que la Administración para la que trabajan los haga fijos, sin necesidad de examen ni concurso de méritos, tras años acumulando contratos temporales en fraude de ley.

Solo dos semanas después de que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) emitiese una sentencia en la que aconsejaba la conversión en fijos de los interinos que hayan encadenado sucesivos contratos temporales como medida correctora y sancionadora para paliar el exceso de temporalidad en el sector público, este jueves el Tribunal Supremo volvió a lanzar la pelota al tejado de la corte comunitaria.

La Sala de lo Social del alto tribunal español ha acordado presentar una cuestión prejudicial para que el TJUE aclare el alcance de su sentencia y cómo debe ser aplicada por los jueces españoles. Los magistrados de la sala cuarta del Supremo, que adoptaron la decisión en pleno, justificaron la misma en la «existencia de importantes dudas» acerca del alcance de la sentencia europea.

En concreto, preguntarán a los jueces de la corte de Luxemburgo sobre el modo en que se puede compatibilizar su sentencia y la sugerencia de hacer fijos a los interinos con el mandato de la Constitución, que establece que el acceso a la función pública debe de hacerse de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.

El incumplimiento de ese criterio es, precisamente, una de las críticas que en los últimos meses han lanzado desde colectivos de funcionarios contra los procesos de estabilización exclusivos para interinos y realizados solo por concurso de méritos. Procedimientos que, por otra parte, la sentencia del TJUE desecha al entender que no tienen en consideración la situación particular de cada trabajador afectado por los abusos en la contratación temporal ni los resarce.

Otros dos años de espera

La decisión del Supremo de volver a elevar el asunto a Europa provocará una nueva dilación, ya que la resolución de las cuestiones prejudiciales se demora, de media, año y medio, aunque el Supremo todavía no ha iniciado el trámite, por lo que entre que elabora las preguntas concretas que quiere trasladar y aprueba el auto para remitirlas a la corte de Luxemburgo los tiempos pueden irse hasta casi dos años.

Mientras tanto, ¿qué pasa con los casos abiertos en los juzgados españoles? ¿Se paralizarán hasta que el TJUE vuelva a pronunciarse? Los abogados gallegos consultados por La Voz, de los despachos Zeres y Vento, entienden que no tiene por qué ser así. Argumentan que los jueces de instancias inferiores pueden aplicar directamente la resolución del tribunal europeo (como ya hizo la semana pasada un tribunal madrileño que concedió la fijeza a una interina de Telemadrid) y que en la mayoría de los casos no podrán paralizar dos años sus decisiones, aunque añaden que la actuación siempre queda al criterio particular de cada juez.

Hecha esta matización, Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados y experto en Derecho laboral, entiende que el movimiento del Supremo es «innecesario», recordando que el TJUE ya se ha pronunciado en numerosas ocasiones sobre el problema enquistado de la temporalidad en la Administración pública española, aunque nunca de una forma tan contundente como lo hizo el pasado 22 de febrero. «Lo único que hace es dilatar la solución definitiva a un problema que lleva años» sobre la mesa, apunta el letrado, quien recuerda que fue el Supremo el que hace 28 años creó la figura del indefinido no fijo, que no ha servido para atajar el problema de la temporalidad en el sector público.

De hecho, ve complicado que en la respuesta a la cuestión prejudicial que plantee el alto tribunal español los magistrados de la corte comunitaria puedan ser más concretos de lo que ya lo han sido, pues siempre suelen dejar un margen de actuación a los jueces nacionales para que ponderen las circunstancias particulares de cada caso y fallen en consecuencia.

El abogado considera, incluso, que al mantener en suspenso la situación la decisión del Supremo puede provocar lo contrario de lo que pretende: más litigiosidad. Y es que como explica Pablo Guntiñas, de Vento Abogados, en estos quince días han vivido un auténtico bum de consultas de afectados, que en muchos casos no podrán esperar a que se pronuncie el TJUE para iniciar sus pleitos, ya que hay decenas de interinos que están perdiendo sus plazas en los procesos de estabilización y que van a ser cesados próximamente.

El papel de la Administración

En lo que coinciden los letrados es en la necesidad de que el legislador asuma su papel y no derive a los tribunales la resolución del problema de la temporalidad en el sector público. «No podemos esperar que el TJUE se convierta en el legislador español».

De hecho, incluso el propio presidente en funciones de la Sala de lo Social del Supremo, Antonio Sempere, dijo a finales de febrero, en declaraciones al medio Economist&Jurist, que «no es razonable que esta problemática se resuelva por vía judicial. Espero que se busque una solución en la que las Administraciones publicas tomen la delantera» y señaló directamente a la necesidad de reformular los procesos de estabilización.

Entonces, Sempere aseguraba que la sala que dirige se disponía a aplicar de forma inmediata la sentencia europea y, de esta forma, fijar doctrina para el resto de tribunales nacionales: «En los próximos días vamos a aplicar esa doctrina. No puede esperar porque hay muchos temas de personal indefinido no fijo en todas las variantes». Un criterio que ha variado en apenas diez días.