La letra pequeña de la regularización de los inmigrantes: cómo hasta la «factura más tonta» puede servir

María Hermida
María Hermida PONTEVEDRA / LA VOZ

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Cola nocturna de personas migrantes en Madrid.
Cola nocturna de personas migrantes en Madrid. Carlos Luján | EUROPAPRESS

Un abogado responde a dudas sobre el proceso; desde cómo presentar los antecedentes penales a por qué vía regularizarse

23 abr 2026 . Actualizado a las 16:12 h.

Para muchos inmigrantes que van a acogerse a la regularización extraordinaria, el proceso es «una oportunidad de oro». Así que, aunque el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ofrece hasta un simulador para guiar el proceso, a quienes van a presentar su documentación les surgen interrogantes. En Pontevedra, Asovedra, nacida para ayudar a los iberoamericanos que llegan a la ciudad, llamó al abogado César Alarcón para que escuchase y aclarase esas dudas.

¿Hay forma de demostrar que se vive en España si no se está empadronado?

El requisito principal para la regularización extraordinaria es haber llegado antes del 1 de enero del 2026 y demostrar que se vivió cinco meses en el país de forma ininterrumpida. La prueba esencial es el padrón y la solicitud de protección internacional (si fuese el caso). Pero, si no se hubiese hecho a tiempo el empadronamiento, el abogado Alarcón aconseja utilizar otras pruebas. Indica que podría intentarse con los pasajes que demuestran el viaje a España, un contrato de alquiler o «hasta la factura más tonta», desde un tique de supermercado a la entrada del cine.

¿Qué pasa con los antecedentes penales si se vivió en varios países?

Los inmigrantes que se regularicen tienen que demostrar que no cometieron delitos en los últimos cinco años. El problema es que muchos de ellos, en ese tiempo, además de vivir en sus países de origen, pasaron también temporadas en otros. Por ejemplo, hay muchos venezolanos que antes de venir aquí estuvieron en Colombia o Estados Unidos. ¿Tienen que pedir antecedentes en todos estos lugares? Depende. El abogado Alarcón indica que solo se precisan antecedentes si en el pasaporte figura registro de entrada y de salida de esos países en los que se vea que la persona estuvo allí más de noventa días de forma ininterrumpida. De lo contrario, solo hacen falta los antecedentes del país originario. «La verdad procesal a veces no es la misma que la verdad realidad, lo importante es lo que ponga el pasaporte», insiste el letrado, que dice también que los antecedentes deben estar apostillados y traducidos al español.

¿Los documentos escaneados se pueden digitalizar con el móvil?

No se recomienda, dado que algunos incluyen códigos QR que dependiendo del escáner luego se leen o no. Para evitar posibles problemas, se aconseja usar un escáner fijo. Si no se tiene, hay locutorios donde hacen ese trabajo por unos tres euros.

¿Los padres pueden cubrir los papeles de sus hijos menores de edad?

Cumplimentar en casa los papeles para regularizar a un adulto no es difícil siguiendo la propia guía del ministerio. Pero los padres que quieran regularizar también a sus hijos menores se toparán problemas con el sistema. Deben pedir cita para hacerlo en Correos, la Seguridad Social o las entidades colaboradoras en este proceso.

Si se vive en un sitio y se está empadronado en otro, ¿dónde se regulariza?

El abogado insiste de nuevo en que lo importante es la documentación. Si el padrón es de Madrid, hay que regularizarse por esa comunidad, aunque no se viva allí.