El Supremo estima que la ley de nietos puede afectar a la objetividad y transparencia de las elecciones en España
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La Sala considera que hay un riesgo de alteración del censo por la nacionalización masiva de descendientes de emigrantes
10 sep 2026 . Actualizado a las 21:03 h.El Tribunal Supremo estima que el proceso de concesión masiva de la nacionalidad española a los descendientes de los emigrantes puede llegar a alterar el resultado de las elecciones. Así lo señala en el auto que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha hecho público hoy sobre los recursos presentados contra la llamada ley de nietos. «La Sala aprecia la existencia de un riesgo de que el incremento tan notable en la relación de electores del CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) siga aumentando en número con el transcurso del tiempo. Tal crecimiento genera un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral, causando entonces un daño irreversible», señalan los magistrados.
El fallo incide en que la decisión de suspender el derecho al voto de todos los nacionalizados es una medida «reversible», si así se acaba adoptando en la sentencia definitiva. Relega ese derecho electoral a que un resultado que pudiera ser cambiado por la voluntad de votantes cuya condición como tales fuese retirada a posteriori «incidiría directamente en un elemento esencial para el Estado de Derecho como es el de la expresión de la voluntad popular a través del ejercicio del derecho de sufragio». Y concluye de una manera aún más contundente la mayoría de la sala indicando que «existe ese riesgo de alteración del censo electoral por la vía de un incremento excepcional de la cifra de nuevos electores en el CERA que afecta también a su regularidad jurídica».
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Como estaba anunciado desde que el Supremo adelantó el lunes el sentido de la suspensión cautelar, el fallo contó con un voto particular en contra, el formulado con dureza, incluso, por la magistrada María Alicia Millán Herrandis, quien defiende la desestimación de la medida cautelar solicitada por el partido político Iustitia Europa.
En su argumentación, la magistrada señala que el auto incurre en incongruencia y desviación procesal al extender las medidas cautelares sobre una norma que no constituye el objeto de impugnación del recurso principal, el cual se limitaba a rebatir un acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) declarándose incompetente para analizar el fondo de la ley de nietos y concesión masiva de la nacionalidad española a los descendientes de los emigrantes.
El voto particular argumenta que la suspensión de los derechos políticos de los ciudadanos afectados genera un perjuicio irreparable basado en hipótesis futuras, defendiendo que el incremento del censo constituye la consecuencia de la aplicación de las leyes vigentes.