«Se ha hecho justicia», asegura satisfecha la abogada de la madre biológica del menor

Pilar Campo OVIEDO

ASTURIAS

La letrada Nieves Ibáñez dice que las leyes «están para cumplirlas», tras conocer el fallo del Supremo que resuelve que el menor se quede a vivir en Oviedo

21 sep 2016 . Actualizado a las 21:34 h.

La familia biológica del pequeño Juan Francisco, de  cuatro años, ha acogido con gran alivio el fallo del Tribunal Supremo por el que el menor se quedará definitivamente a vivir con su madre, María José Abeng Ayang, en Oviedo, tras desestimar el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía Superior del Principado de Asturias, la Consejería de Servicios y Derechos Sociales del Principado de Asturias y el abogado Enrique Vila, en representación del matrimonio valenciano que ha cuidado del niño desde que tenía 18 meses hasta este mismo mes. El alto tribunal, que no ha entrado a debatir el fondo de la cuestión planteada, ha declarado firme la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo que acordó la semana pasada que Juan Francisco le fuera entregado a su madre biológica.

«Se ha hecho justicia. Las leyes están para cumplirlas», aseguró esta misma tarde la abogada Nieves Ibáñez que representa a María José Abeng, en declaraciones a TPA. La letrada mostraba así su satisfacción por el hecho de que el menor no tenga que regresar a Valencia y pueda reintegrarse con normalidad a su entorno social y familiar en Asturias.

Primeros contactos entre los abogados

Entre tanto, el abogado Enrique Vila estudiará con sus representados, Albert Bordes y Noelia Estornell, la decisión del Supremo, una vez que esté redactada la sentencia tras la resolución adoptada esta mañana en el Pleno por el alto tribunal, de cara a ver las posibilidades que existen para que prospere un hipotético recurso ante el Constitucional o el tribunal de Estrasburgo.

La abogada Nieves Ibáñez y el abogado Enrique Vila mantuvieron la semana pasada un primer contacto telefónico para intentar normalizar las relaciones entre ambas familias, tras las tensiones vividas en las últimas semanas desde que se conoció que el niño iba a separarse de sus padres preadoptivos para regresar con su madre biológica.

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Oviedo que fallaron a favor de la madre biológica habían dado un auténtico varapalo a la Administración regional en la sentencia que acaba de declararse firme y contra la que no cabe recurso alguno. En el fallo judicial, el tribunal veía incomprensible la actuación de la Consejería asturiana al sostener que «desde el mismo día del parto, decidió separar a la madre del recién nacido, sin que conste se barajaran otras opciones que posibilitaran o propiciaran la relación madre e hijo», tal y como puso de manifiesto el psicólogo adscrito a los juzgados de Gijón que emitió un informe ratificado en la celebración de la vista.

Sin relación alguna entre la madre biológica y su hijo

El tribunal de la Sección Cuarta  reconoce que a la joven guineana, de 19 años, que ha permanecido tutelada por el Principado desde el año 2008, no se le dio opción alguna a mantener esa relación, ya que se le privó del pequeño desde el mismo día de su nacimiento, a pesar de que realizó todo tipo de gestiones para evitar la ruptura, aceptando tener un defensor judicial, presentando numerosos recursos y solicitudes para reagruparlos a ambos en un mismo centro, ya que mientras ella se encontraba en el centro infantil-juvenil de Los Pilares, su hijo fue llevado al área del Menor del Centro Materno Infantil, sin que ambos pudieran tener contacto alguno. En contraposición a la actitud de la madre biológica, la actuación del Principado de Asturias se dirigía, según expone la Sala en la sentencia, «a proseguir con la ruptura en beneficio de la adopción». 

La Audiencia Provincial incidía igualmente en que se ejecutara la sentencia, por la que estimaba el recurso de apelación interpuesto por la abogada Nieves Ibáñez en representación de María José Abeng, contra la sentencia de 2 de julio de 2015 del juzgado de Primera Instancia número 7 de Oviedo en el juicio de necesidad de asentimiento en la adopción. Esta medida de ejecución debía seguir adelante aunque los padres adoptivos recurrieran en casación ante el Tribunal Supremo, como finalmente ha ocurrido.

El hecho de que los padres preadoptivos no se hubieran personado para la entrega del menor en las fechas señaladas por orden judicial, obligó a la emisión de una orden de búsqueda y localización contra ambos desde el pasado 8 de agosto. El pequeño Juan Francisco, que en la Comunidad Valenciana era conocido como Joan, estaba ya matriculado en un colegio de Valencia, lo que ha aconsejado, en interés del menor, a llevar a cabo el acto de entrega a su madre biológica en la Comandancia de la Guardia Civil para que no se realizara en el centro escolar, según confirmaron fuentes judiciales.