Un preso afronta cuatro años acusado de vender cannabis y marihuana a los reclusos de Villabona

Pilar Campo OVIEDO

ASTURIAS

MARIO RUIZ

Es el tercer caso de presunto tráfico de drogas «intramuros» que se juzga en los tribunales asturianos en apenas seis meses

09 dic 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El recluso Rubén M.B., de 30 años, fue sorprendido por los funcionarios del Centro Penitenciario de Villabona cuando estaba en posesión de 15 bellotas de hachís y un envoltorio con marihuana que, según el criterio de la fiscal, tenía oculto en el interior de su cuerpo con la intención de esconderlo «para su posterior distribución» dentro de la cárcel. Es el tercer preso, en apenas seis meses, que se sienta en el banquillo de los acusados de un tribunal de justicia para responder de su presunta responsabilidad en un delito de tráfico de drogas «intramuros».

Dos funcionarios de la macroprisión asturiana han sido citados a declarar el próximo jueves, día 15, ante el juzgado de lo Penal 1 de Oviedo. Ambos deberán relatar en la vista oral del juicio si, tal y como sostiene la representante de la acusación pública, la droga intervenida al interno estaba destinada a su venta entre los presos.

La petición fiscal

El preso, que será defendido por el abogado José Manuel Fernández González, afronta una petición de pena por parte de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de cuatro años y seis meses de prisión, así como inhabilitación para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo por el tiempo de la condena. La acusación pública interesa además el pago de una multa de 2.853 euros, que podrá ser sustituida por un día de privación de libertad por cada cien euros no satisfechos, según consta en el escrito de calificación provisional de la causa.

La droga que le fue intervenida al interno fue decomisada para su análisis, donde arrojó un peso de 146,35 gramos de resina de cannabis y 1,52 gramos de marihuana. El cannabis estaba valorado en 805 euros, mientras que la marihuana tenía un valor en el mercado de 146 euros.

Se da la circunstancia de que Rubén M. cuenta con antecedentes penales por tráfico de drogas tras haber sido condenado, en sentencia firme, a una pena de tres años de prisión, por lo que la Fiscalía solicita que en el caso de ser condenado se le aplique la circunstancia agravante de reincidencia.

Los precedentes

Este es el tercer caso de tráfico de drogas en Villabona que será juzgado por un tribunal de justicia asturiano en apenas seis meses. El pasado mes de junio, otros dos internos fueron acusados, en procesos judiciales independientes, por su presunta responsabilidad en la tenencia de droga para su supuesta venta a otros reclusos, tras intentar eludir la vigilancia de los funcionarios.

El interno había sido sorprendido, al volver de disfrutar un permiso penitenciario, con 4,63 gramos de resina de cannabis, 3,28 gramos de resina de cannabis y 1,69 gramos de heroína, con una riqueza del 23%, que, según confirmó la Fiscalía, «iba a distribuir dentro del centro penitenciario». Estas sustancias, ocupadas el 17 de junio de 2015, hubieran alcanzado un valor de 25, 18 y 157 euros, respectivamente.

La Fiscalía consideraba que los hechos eran constitutivos de un delito contra la salud pública, en su forma de sustancias que causan grave daño a la salud y que no lo ocasionan, del artículo 368 del Código Penal, y solicitaba la imposición de una condena de cuatro años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de 600 euros, con un día de privación de libertad por cada 100 euros no satisfechos, junto con el pago de las costas procesales.

Droga escondida en el sujetador de una reclusa

La interna portaba, escondidos en el sujetador, 2,02 gramos de resina de cannabis, que le fueron interceptados el 26 de abril de 2014 y que, según la calificación fiscal, «iba a vender dentro de la prisión». En el mercado ilícito hubieran alcanzado los 5,73 euros.

La reclusa  estaba acusada de haber cometido un delito contra la salud pública, en su forma de sustancias que no causan grave daño a la salud, del artículo 368 y 369.1.7 del Código Penal, y afrontaba una petición fiscal de tres años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de 17 euros, con un día de privación de libertad en caso de impago, junto con las costas procesales.