El Colegio de Enfermería tendrá que repetir las elecciones

Pilar Campo OVIEDO

ASTURIAS

Una enfermera prepara el paritorio del hospital, en una imagen de archivo
Una enfermera prepara el paritorio del hospital, en una imagen de archivo ALBERTO LÓPEZ

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid deniega la suspensión cautelar

17 ene 2017 . Actualizado a las 20:20 h.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado un auto por el que acuerda denegar la suspensión cautelar de la resolución del Consejo General de Enfermería que decretó la nulidad de las elecciones a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Diplomados de Enfermería del Principado de Asturias (Codepa).  El auto no es firme y frente al mismo cabe la interposición de un recurso de reposición. 

Esta medida cautelar denegada había sido solicitada por el Codepa con la intención de que el presidente y el vicepresidente de este organismo, Emilio Losa y Alfonso Román, respectivamente, entre otros, pudieran continuar al frente de sus cargos en tanto la Sala no resolviera sobre el recurso que habían interpuesto. A la vista de esta medida, el Consejo deberá proceder a nombrar de inmediato la Junta de Edad, como paso previo necesario para convocar nuevas elecciones.

La argumentación de las partes

El Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería basaba su pretensión cautelar en «los perjuicios irreparables» que se originarían al propio organismo colegial de no suspenderse el acto impugnado, «dada la previsible duración del proceso y su eventual resultado, para lo que analiza el acto impugnado en relación con el acuerdo colegial que anula, sin concurrir perjuicio irreparable para el interés general».

La representación de la parte recurrida, así como la codemandada, entre los que figuraban el presidente de la Asociación de Enfermería de Asturias y un colegiado, sostenían la total improcedencia de la suspensión, al advertir que no concurría «en modo alguno los requisitos para su adopción, dada la actuación impugnada», y estimaba que los representantes del Colegio no habían acreditado la existencia de pérdida de la finalidad legítima del recurso.

El tribunal avala la argumentación del abogado Alejandro Riera, en representación de los codemandados, y sostiene que la justificación y necesidad de la medida cautelar instada no aparece «en ningún caso nítida, dadas las circunstancias del caso y el contenido de la actuación impugnada».

Aliviados y satisfechos

De la misma forma, los magistrados consideran que los perjuicios irreparables que alegaba el Codepa tampoco han resultado acreditados, «ni afectantes per se al ámbito colegial, dada la normativa sectorial aplicable que permite y prevé soluciones al efecto para estos casos de anulación de procesos electorales».

Este auto que respalda la tesis de los codemandados ha supuesto un alivio para la Asociación de Enfermería de Asturias, que a través de sus representantes se muestra muy satisfecha con la resolución judicial.