Las infecciones en los hospitales son inevitables: absuelven al Sespa por una muerte por neumonía

S.D.M. REDACCIÓN

ASTURIAS

Neumococo
Neumococo

La sentencia recoge que es imposible que no haya microorganismos que generan enfermedades aunque se adopten todas las medidas. El paciente había ingresado para tratar una rotura de cadera

16 jun 2017 . Actualizado a las 08:10 h.

«Es inevitable en todo medio hospitalario la presencia de microorganismos que generan infecciones y que en caso de pacientes débiles o con defensas bajas pueden provocar lesiones graves e incluso la muerte». Este es uno de los argumentos que utiliza el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) para absolver al Servicio de Salud del Principado (Sespa) por el fallecimiento de un paciente a causa de una neumonía contraída en el hospital en el que estaba siendo tratado por una rotura de cadera. El fallo exime de responsabilidad patrimonial a la Administración porque considera que cumplió con los requisitos exigibles de limpieza y prevención. La familia, en cambio, había presentado una demanda porque consideraba que se había producido demora en la atención, negligencia en la adopción de medidas para la prevención de gérmenes infecciosos y defectos en el consentimiento informado.

El paciente era un varón de 86 años que ingresó tras sufrir una caída en casa y romperse la cadera izquierda, tal y como recoge Diario Médico. Antes de entrar en quirófano, para colocarle una prótesis, firmó un consentimiento informado. En el postoperatorio sufrió una insuficiencia respiratoria. Un primer cultivo dio resultado negativo. Sin embargo, días después falleció de una neumonía nosocomial. El fallo judicial no contempla ninguna negligencia en todo el procedimiento y no da la razón a la familia, que solicitaba una indemnización de algo más de 57.000 euros.

La sentencia considera que se cumplieron las medidas necesarias en este tipo de casos, las adecuadas para evitar las infecciones que se pueden contraer dentro del ámbito hospitalario. Estas son desde el lavado de manos, a la aplicación de aerosoles, la correcta esterilización de materiales o la aplicación de aerosoles. Reconoce que se cumplió con el programa de prevención. Tras revisar la documentación, el TSJA no aprecia deficiencias en el consentimiento porque el riesgo de contraer una neumonía y las posibles complicaciones aparecían expresamente citadas en los papeles que el paciente firmó. No encuentra tampoco indicios de demora, como clamaba la familia. Sí que se retrasó la entrada en quirófano pero lo achaca a que se coaguló una analítica previa que se realizó.

El fallo respalda los argumentos defendidos por Federico Girado, letrado del bufete Muñoz Arribas Abogados, que es el que representó los intereses del Servicio de salud del Principado. De hecho, durante el procedimiento se aportaron datos, como por ejemplo la prevalencia de esta enfermedad. En el hospital, tras someterse a una intervención, el número de pacientes que sufrieron una neumonía nosocomial fue de dos sobre un total de 568 casos analizados.