El TSJ de Madrid da un varapalo a la directiva actual y respalda a la Junta de Edad para acceder a las instalaciones y tomar posesión de sus cargos
16 jun 2017 . Actualizado a las 20:01 h.La actual directiva que encabeza Alfonso Román López al frente del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias (Codepa) tendrá que abandonar de inmediato sus cargos y ponerlos a disposición de la Junta de Edad que, de esta forma, podrá acceder a las instalaciones para hacer efectivo el relevo. Así lo establece un auto dictado por los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid por el que se deniegan las medidas cautelares solicitadas por el Codepa y con las que el equipo, del que los críticos denominan como «autoproclamado presidente», había logrado paralizar momentáneamente el proceso para la toma de posesión efectiva de la Junta de Edad que desembocaría en la celebración de nuevas elecciones en el órgano colegial.
Acciones legales contra el equipo directivo
El presidente de la Asociación de Enfermería de Asturias, Marcos Lastra, ha anunciado nada más conocer el contenido del auto judicial que su abogado, Alejandro Riera Fernández, emprenderá acciones legales ante la negativa de Alfonso Román López y Felisa Pérez Satué, entre otros directivos, a que los integrantes de la Junta de Edad, nombrados por el Consejo General de los Colegios de Enfermería de España, accedieran a las dependencias colegiales. Una situación que generó momentos de gran tensión y que obligó a reclamar la presencia de un notario para certificar esta denegación de acceso al interior de las instalaciones.
El tribunal de la Sección Sexta del TSJ de Madrid sostiene en su auto judicial que el equipo de Alfonso Román no ha satisfecho «las cargas que le correspondían de alegar y probar la apariencia de buen derecho y los concretos perjuicios irreparables que se derivarían de no acceder a la suspensión cautelar». A juicio de la Sala, su solicitud más bien parece estar dirigida a «adelantar los razonamientos que sustentarán la pretensión principal, sin especificarse ni acreditarse con la debida concreción de los perjuicios y su irreparabilidad».
El varapalo judicial a la «autoproclamada» directiva
El proceso electoral en el Codepa había sido impugnado por «inexistente e irregular», por colegiados ante el Consejo General de Colegios de Enfermería, y denunciado por la Asociación de Enfermería de Asturias ante el Juzgado de Instrucción, en funciones de guardia, de Oviedo, donde se siguen diligencias previas por su presunta responsabilidad en la comisión de un delito de falsedad en documento público frente a los gestores de facto del colegio, Alfonso Román López, «en su condición de autoproclamado presidente», y de Felisa Pérez Satué, en su «condición de autoproclamada secretaria».
A consecuencia de esta impugnación, el Consejo General de Colegios de Enfermería de España declaró el proceso electoral nulo de pleno derecho y ordenó retrotraer cualquier acción que la considerada como «ilegítima Junta de Gobierno» hubiera tomado a fecha de diciembre de 2015, lo que trae consigo que la totalidad de cargos de la misma estén vacantes y pendientes de ser convocadas unas nuevas elecciones, para lo que fue preciso nombrar una Junta de Edad con los miembros más veteranos de la entidad, previa obtención de un censo colegial actualizado.
Las consecuencias de la resolución judicial
La nulidad del procedimiento electoral decretada por el Consejo General de Enfermería de España fue recurrida judicialmente ante el TSJ de Madrid por el propio Codepa, como ente con personalidad propia, «pero no por los integrantes de la candidatura que finalmente fue ilícitamente proclamada electa», explica la Asociación de Enfermería, al tiempo que se solicitaban medidas cautelares que permitieran seguir ejerciendo sus funciones a los integrantes de su Junta de Gobierno, que fueron denegadas en dos ocasiones por el Tribunal, en enero y febrero pasados; resoluciones que actualmente son firmes.
El Consejo General de los Colegios de Enfermería de España designó a los miembros de la Junta de Edad que habrán de gestionar el colegio y convocar nuevas elecciones, lo que motivó que desde el Codepa se solicitara al TSJ de Madrid una medida cautelar que impidiera que los miembros de esta Junta de Edad pudieran acceder al colegio para ejercer sus cargos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo acaba de resolver, a través de este auto, la desestimación de esta medida cautelar.