Condenan al Gobierno regional por dejar «indefenso» a un guarda del Medio Natural en un juicio

Pilar Campo OVIEDO

ASTURIAS

El magistrado obliga a la Administración a pagarle la minuta de la abogada a la que contrató para un juicio por amenazas de un vecino

11 jul 2017 . Actualizado a las 17:53 h.

Los empleados públicos del Principado tienen derecho a disponer de asistencia jurídica en los procedimientos que se sigan «ante cualquier orden jurisdiccional» como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos. Y así viene redactado literalmente en su Estatuto básico. Sin embargo, esa no fue la línea seguida en el caso de un guarda del Medio Natural, al que la administración no sólo no apoyó aportándole su asesoramiento, sino que le denegó expresamente el respaldo jurídico cuando lo solicitó, de forma oficial, para personarse en un juicio como acusación contra un vecino ante las amenazas que éste le vertía desde que le identificó, en un informe, como una de las personas a las que había sorprendido «in fraganti» realizando una quema.

El Principado le dejó «indefenso» ante las amenazas

Ese comportamiento, dejando «desprotegido e indefenso» al guarda,  le ha valido ahora al Principado una condena en firme del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo, después de una denuncia del sindicato CSI-F. El magistrado-juez  David Ordoñez, ha impuesto a la administración el pago de una indemnización, por importe de 233,47 euros a los que se sumarán los intereses devengados, que cubrirán la minuta de la abogada que el guarda tuvo que contratar, a título particular, pese a que los hechos se produjeron en el  desarrollo del ejercicio de su actividad profesional.

El guarda había solicitado, el 20 de diciembre de 2016,  ante la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana del Principado, de la que es titular Guillermo Martínez, que se le designase  un abogado para conocer de un asunto relativo a las amenazas que S.C. había proferido contra él. Este vecino empezó a amenazarle tras conocer que, en su calidad de agente del Medio Natural del Principado, había redactado un informe donde le identificaba como uno de los pirómanos en una denuncia interpuesta, el 12 de agosto de 2016, en el cuartel de la Guardia Civil de Laviana.

Tuvo que contratar a su propia abogada

La Jefa del Servicio Jurídico rechazó su petición, el pasado 12 de enero, al sostener que la asistencia se refería únicamente a derechos del empleado público y en este caso interpretaba que «el recurrente no era acusado sino que actuaba en calidad de denunciante»,  por lo que entendía que el ejercicio de las acciones tendría que corresponder al Consejo de Gobierno de Asturias. Asimismo, alegó que su caso no estaba incluido dentro de las peculiaridades que se contemplaban en el artículo 27.2 del Decreto 20/1997 de 20 de marzo que contempla la regulación relativa a la defensa del personal al servicio de la administración del Principado.

La denegación fue contestada con la presentación de un recurso de reposición por parte del guarda, el 3 de febrero de este año, del que no obtuvo respuesta.  Dos meses después, se celebró el juicio ante el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Laviana, que condenó a S.C. por un delito leve de amenazas. En la vista oral, el guarda estuvo asistido por una letrada ajena a los servicios jurídicos del Principado. Ante este silencio administrativo, el 4 de mayo pasado esta letrada presentó, en nombre del agente del Medio Natural, una demanda contencioso-administrativa donde solicitaba que se le abonasen los 233,47 euros más los intereses correspondientes a la minuta.

El magistrado-juez ha avalado la argumentación del guarda y ha estimado su recurso contencioso-administrativo. En la sentencia, que se ha declarado firme, al no caber más recursos, David Ordóñez, desestima los motivos de inadmisibilidad alegados por el Principado  al advertir de que no hay duda de que la impugnación se refiere a un claro acto administrativo: la denegación de la asistencia jurídica a un funcionario público.

La administración vulneró su «independencia»

Para el titular del juzgado, se ha podido apreciar claramente  la importancia que tenía el apoyo letrado al guarda en el juicio por amenazas. Y lo deduce de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Laviana, donde «se observa el papel activo de la letrada de la acusación por lo que debía ser amparado en su derecho a la asistencia jurídica como empleado público. Es más se trata de un asunto del que resultó afectada la propia independencia del funcionario que se vio perturbado en el ejercicio de sus relevantes funciones públicas», resalta en la sentencia.  

David Ordóñez le da la razón, de esta forma, al guarda al mantener que las resoluciones por las que le denegaba ese asesoramiento jurídico son «contrarias a derecho y en consecuencia nulas», declarando su derecho a que el Principado le abone una indemnización por el importe de la minuta con sus correspondientes intereses e impone además a la administración las costas del juicio.