Piden cárcel para la expresidenta de una federación sin ánimo de lucro por apropiarse de 288.300 euros

Europa Press OVIEDO

ASTURIAS

Ana Gil
Ana Gil

Ana Gil, de la Federación Nacional de Atención a la Dependencia y Asacesema, está acusada de apoderarse de subvenciones para planes de formación

12 ene 2018 . Actualizado a las 16:56 h.

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de la expresidenta de la Federación Nacional de Atención a la Dependencia, Ana Gil, por apoderarse de 288.300 euros de la entidad. El fiscal solicita cinco años de cárcel. La vista oral se celebrará el lunes, 3 de enero, en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10.30 horas.

El procedimiento fue instruido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Siero. El 18 de julio de 2006 tuvo lugar la constitución de la Federación Nacional de Atención a la Dependencia, designándose como presidenta a la acusada. La citada federación se constituía como una federación de asociaciones sin ánimo de lucro. Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos, además de por una entidad catalana, por la acusada en nombre y representación de la Asociación asturiana de centros y servicios de mayores -también conocida como Asociación profesional de centros y servicios de mayores o, en acrónimo, Asacesema-.

Dicha entidad había sido fundada en el año 2004 y ha estado presidida desde su origen por la acusada. Se trata de una entidad sin ánimo de lucro ni fines especulativos que aglutina en Asturias a los centros de servicios de mayores y profesionales de la gerontología. En octubre de 2008 tuvo lugar en Oviedo una Asamblea en la que se acordó su cese como presidenta de la federación y, en su lugar, el nombramiento de otra persona, siendo ello ratificado en noviembre. No obstante, la acusada consideró que dicho nombramiento no era legítimo y decidió seguir ejerciendo por su cuenta el cargo y la representación de la federación.

Así, el 8 de diciembre de 2008, la acusada, actuando en nombre y representación de la federación, solicitó una subvención a favor de dicho ente a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo para la Ejecución de Planes de Formación, la cual fue concedida el día 4 de junio de 2009. La subvención se otorgó con el objeto de ejecutar un plan de formación dirigido prioritariamente a trabajadores ocupados y, para llevarlo a cabo, se firmó en junio de 2009 un convenio entre la acusada y el Servicio Público de Empleo. En él se estableció que las entidades encargadas de la realización de los planes de formación serían las sociedades Training Plans Management SL y Concepto Servicios Empresariales, participando luego también la entidad Sistemas de Apoyo Didáctico SL. Todas ellas forman grupo de empresa (Grupo Concepto).

La subvención -por un importe de 471.771,40 euros-, fue abonada el día 26 de junio de 2009 en una cuenta de la Federación abierta por la acusada el día 26 de septiembre de 2008, y residían en ella las facultades de disposición. Al año siguiente, la acusada renovó la petición de subvención el 26 de febrero de 2010, y fue concedida el día 22 de septiembre de 2010 -siendo abonada el día 8 de octubre de ese año en la cuenta de la Federación-, por importe de 475.350 euros.

Las entidades encargadas de la realización de los planes de formación eran las mismas que el año anterior. Si bien los cursos se fueron realizando, la acusada, según el fiscal, decidió apoderarse de parte del dinero de las dos subvenciones de la Federación -62.150 euros de la primera y 247.000 euros de la segunda-, traspasándolo a dos cuentas bancarias de la entidad Asacesema de la cual era presidenta y respecto de las cuales tenía facultades de disposición.

El global transferido de manera ilícita a las cuentas de Asacesema gestionadas por ella ascendió, en esta primera subvención, a 62.150 euros. Descontadas tres devoluciones que realizó, supone una cantidad total de 41.300 euros. En cuanto a la subvención de 2010, la cuenta de la Federación recibió el importe de 475.350 euros el día 8 de octubre de 2010, momento en el que tenía un saldo de 7,48 euros.

El fiscal expone que, si bien desde el primer momento el dinero lo fue destinando a efectuar los pagos a las empresas encargadas de ejecutar los cursos, al mismo tiempo, la acusada, sin justificación alguna relacionada con la subvención y sin autorización ninguna, con ánimo de lucro, realizó transferencias a la entidad Asacesema los días 13 de octubre (2 operaciones de 15.000 euros y 5.000 euros), 3 de noviembre (7.000 euros), 9 de noviembre (7.500 euros), 22 de noviembre (4.000 euros) y 23 de diciembre de 2010 (18.000 euros).

Se da la circunstancia de que, durante ese tiempo, los únicos ingresos externos que tuvo la cuenta de la Federación fueron 79,10 euros. A 3 de enero de 2011, la cuenta de la Federación, tras las salidas efectuadas, presentaba un saldo positivo de 358.659,28 euros.

La acusada, en marzo de 2010, y debido a la controversia existente entre ella y la nueva presidenta sobre la representación de la Federación y la titularidad de los fondos transferidos -problemática de la cual era conocedora la Fundación Tripartita por los escritos remitidos por ambos-, había interpuesto demanda de Juicio declarativo en los Juzgados de Zaragoza por usurpación de cargo, interesando del Juzgado que declarase que el cargo de Ppresidente recaía en ella y no en su rival.

El Juzgado de Instancia nº 12 de Zaragoza dictó sentencia desestimando íntegramente la demanda. A pesar del pronunciamiento judicial de instancia que declaraba su no condición de presidenta -y en previsión de las consecuencias de la remoción de su cargo-, entre ese día 12 y el 13, si bien abonó diversas cantidades a las entidades encargadas de la ejecución de los cursos, nuevamente con ánimo de lucro, remitió a las cuentas de la entidad Asacesema un total de 181.500 euros en seis operaciones realizadas el 12 de enero de 2011 por importe de 18.000 euros, 40.000 euros, 30.000 euros, 40.000 euros, 30.000 euros y 23.500 euros. En total, realizó en esos dos días 32 movimientos sucesivos por un importe global de 343.731,5 euros, de tal modo que, el día 13, el saldo que quedaba en la cuenta de la Federación era sólo de 14.927,78 euros.

La acusada volvió a realizar otra transferencia de 9.000 euros a Asacesema el 3 de junio de 2011, dejando la cuenta de la Federación con un saldo de 4.888,83 euros. El día 28 de junio, la nueva presidenta tuvo por fin acceso a la cuenta y, tras observar el estado y los movimientos efectuados, interpuso denuncia al día siguiente.

En definitiva, el global transferido de manera ilícita por la acusasda a las cuentas de Asacesema gestionadas por ella ascendió, en esta segunda subvención, a 247.000 euros. Tras dictarse por la Audiencia de Zaragoza la sentencia que confirmaba la del Juzgado, la imputada se marchó de la federación.

El Servicio Público de Empleo, en el ejercicio de sus competencias administrativas, inició procedimientos de reintegro al observar irregularidades en la justificación económica de las subvenciones decretando finalmente la obligación de la federación de devolver las ayudas. Igualmente, las entidades contratadas interpusieron demanda en reclamación de cantidad frente a la federación. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida y solicita que se condene a la acusada a cinco años de prisión.