Más de una veintena de IES cuenta ya con cámaras de videovigilancia

Susana D. Machargo REDACCIÓN

ASTURIAS

FELIPE TRUEBA | EFE

La consejería actualizó el año pasado el listado de centros con el sistema activo. La mayoría graban el exterior y los pasillos para impedir actos vandálicos y robos

05 abr 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Cumple una doble función. La primera, y más importante, disuasoria. La segunda, por si esta no funciona, probatoria. La instalación de cámaras de videovigilancia en los institutos de Secundaria asturianos se ha extendido para intentar evitar robos y actos de vandalismo, tanto en el recinto exterior como en el interior de los edificios. Los primeros dieron el paso en el 2009 y poco a poco se ha ido extendiendo a lo largo del área central asturiana. El curso pasado la Consejería de Educación reclamó a las direcciones que actualizaran los datos para tener un listado real de quiénes mantienen activo el sistema, ya que algunos realizan la inversión para atajar un problema concreto y una vez resuelto dejan de utilizarlo.

La presidenta de la asociación de directores y responsable del IES Jovellanos, Milagros Madiedo, defiende la efectividad de las cámaras de videovigilancia y lo hace por experiencia propia. El Jovellanos fue uno de los primeros en recurrir a esta tecnología. Se había producido una serie de robos en los vestuarios y querían evitarlos. Así que colocaron cámaras en los pasillos cercanos. «Conseguimos erradicarlo de inmediato», explica. Desde entonces, ha hablado del tema con otros muchos colegas interesados. Aunque no todos dan el paso. La instalación y el posterior mantenimiento son caros y todo ese dinero tiene que salir de los fondos que maneja el centro. No lo paga la consejería. Cuando el presupuesto no da para tanto, se recurre a métodos tradicionales. «También pensamos instalarlo cerca de un portón por donde se nos colaba gente y nos llegaron a quemar unos contenedores. Pero, al final, la consejería levantó una red alta y también fue efectivo. Y mucho más barato», explica.

Aunque al principio no estaba muy claro qué procedimiento hay que seguir, los colegios e institutos tienen que cumplir una serie de requisitos para activar un sistema de videovigilancia. Deben solicitar a la Consejería de Educación y Cultura la creación de un fichero de videovigilancia. Una vez autorizado, se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). A continuación se inscribe en el Registro General de Protección de Datos que depende de la propia Agencia de Protección de Datos. Tiene que garantizar, además, que está en espacios comunes donde no vulnera los derechos de nadie, ni de profesores, alumnos o cualquier otro personal de los centros. Es decir, tiene que estar en los pasillos o en el recinto exterior pero nunca en los vestuarios, en los baños ni tampoco dentro de las aulas.

Milagros Madiedo explica que la administración se puso en contacto con los centros para que actualizaron la información sobre las cámaras. Así lo hizo el Jovellanos. Así que su fichero volvió a salir publicado en el BOPA en el 2017, aunque ya lleva funcionando nueve años. Desde enero de 2017, un amplio grupo ha renovado la información. Los últimos esta misma semana. La mayoría son de Oviedo, Gijón y Avilés pero también hay alguno de Siero, Langreo, Mieres, Castrillón, Aller o Llanes. La presidenta de los directores de Secundaria que la mayoría suelen ser centros de gran tamaño, con una matrícula elevada de alumnos e instalaciones amplias, con varias entradas y difíciles de vigilar. 

El listado no es más amplio por los costes. Eso piensa Madiedo, ya que no todos los institutos de secundaria tienen recursos suficientes para poder mantener el programa. Lo sabe porque ha hablado con más compañeros. Los que tienen cámaras están contentos pero tienen que estirar su presupuesto. Entre los que no cuentan con este sistema, algunos saben de sus ventajas pero lo desestiman por caro. «Es una buena medida. Al menos esa es mi experiencia». 

La nueva Ley de Protección de Datos entra en vigor en poco más de un mes. En principio, los directores creen que no afectará a la videovigilancia, al estar cumpliendo ya las directrices que se les han marcado y al tener creado ese fichero. Las resoluciones que publica el BOPA citan diferentes artículos. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20.1, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla, en su artículo 52.1. Ambas establecen la creación de esos ficheros para centros de titularidad de las Administraciones Públicas. 

Los centros explican las razones por las que están utilizando esta tecnología. Algunos explican, de modo genérico, que usarán las videocámaras con fines de seguridad en el recinto escolar. Otros, de modo más detallado, señalan que controlarán y vigilarán los pasillos y las zonas de los patios con nula visibilidad para garantizar la seguridad de los bienes, personas y las instalaciones. También indican los colectivos de los que pueden obtener datos, que son los estudiantes, solicitantes de plaza, proveedores, cargos públicos, representantes legales o empleados. También puntualizan que no prevén comunicar esos datos.