Condenado un exedil de Llanes por «hacer del consistorio su feudo»

La Voz REDACCIÓN

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Juzgados de Oviedo
Juzgados de Oviedo

El exconcejal ha sido inhabilitado nueve años por archivar de forma «arbitraria» una veintena de multas y utilizar su cargo «de forma caprichosa»

23 nov 2018 . Actualizado a las 17:50 h.

Una juez de Oviedo ha condenado al exedil socialista de Llanes Emilio Carrera a 9 años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación al archivar de forma «arbitraria» una veintena de multas, utilizar su cargo «de forma caprichosa», sustituir la ley por «su voluntad» y usar el consistorio como «si de un feudo se tratase».

El exconcejal, que llevaba el área de Seguridad Ciudadana, intentó transmitir en el juicio, celebrado el pasado mes de abril, que era una persona «sin suficiente formación y desbordada por su trabajo», pero esa imagen no responde, según la sentencia, con las decisiones «arbitrarias» de archivo que trasladaba a sus subordinados.

En esas decisiones obviaba el trámite formal de los expedientes y, bajo sus órdenes, se archivaron, entre los años 2013 y 2015, tanto sanciones que estaban ya impuestas como aquellas que se encontraban en trámite de ejecución, sin que los sancionados hubieran presentado escritos de alegaciones.

Carrera basaba sus decisiones en «supuestas visitas» que sostenía que recibía por parte de los interesados y en función de la «credibilidad» que le merecían, y en unos casos acordaba archivos y, en otros, «simplemente procedía a los mismos acudiendo groseramente a la frase: por orden de la alcaldía», señala la juez.

La sentencia incide en que el ex concejal ejerció «de forma directa y caprichosa» el poder que le infería el cargo, «aún a sabiendas de la ilicitud» de sus decisiones y todas ellas se realizaron de forma «consciente». La juez reprocha su comportamiento al haber ignorado las advertencias de la funcionaria encargada de los expedientes, quien, pese a comunicarle «repetidas veces» que no podía «sin más» procederse a los archivos, recibió únicamente como respuesta que le «llevase a los tribunales».

Emilio Carrera había reconocido en el juicio, celebrado en el Juzgado de lo Penal 3 de Oviedo, que decidió archivar diez multas de tráfico porque estimó que «era de justicia», aunque responsabilizó de otros seis expedientes a una funcionaria del departamento de sanciones, a la que acusó de «mentir» al anotar que las resolvía por orden de la Alcaldía.

De las tres multas restantes, relató que una de ellas fue retirada por orden de la alcaldesa, ya que se trataba de una propiedad privada, y respecto a las otras dos aseguró que no conocía a los infractores y no recordaba las razones de la sanción. La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Oviedo.