Una sentencia avala la oferta de empleo de Llanes de 2017

La Voz REDACCIÓN

ASTURIAS

Ayuntamiento de Llanes
Ayuntamiento de Llanes

El juez desestima un recurso de UGT y considera  de «vital importancia» el interéspor cubrir «cuanto antes» los puestos, siempre que se respete la normativa, para asegurar un mejor servicio público

15 feb 2019 . Actualizado a las 17:32 h.

Un juez de Oviedo ha avalado la oferta de empleo público (OPE) de Llanes de 2017 tras desestimar el recurso que había interpuesto la Federación de Empleados de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores (UGT), que interesaba la suspensión de la ejecución de la convocatoria del concurso-oposición para cubrir diez plazas de personal laboral. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Oviedo señala, en la sentencia, que la actuación de las administraciones públicas está presidida por varios principios constitucionales entre los que destaca el principio de eficacia y una de sus consecuencias es la ejecutividad de los actos administrativos y, por tanto, la suspensión constituye una medida «excepcional».

El sindicato alegaba que la ejecución de la convocatoria debía suspenderse porque conllevaría perjuicios de «difícil o imposible reparación» para los candidatos que hubieran superado el proceso selectivo y ya tuvieran suscrito un contrato laboral fijo que podrían ver anulado. En cambio, el ayuntamiento se oponía al haberse pronunciado ya el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) desestimando la medida cautelar de suspensión de la tramitación de las bases de una convocatoria de plazas vacantes que forman parte de la misma oferta de empleo público.

El juez considera de «vital importancia» el interés público por cubrir, «cuanto antes» y siempre que se respete el marco normativo aplicable, determinados puestos de los empleados públicos para asegurar un mejor servicio público. Entiende que los intereses alegados por el sindicato son, fundamentalmente, de carácter privado y en la medida que benefician en realidad a quienes ocupan temporalmente las plazas que se pretenden cubrir definitivamente. La sentencia sostiene que, una vez ponderados los intereses públicos y privados en juego, en este caso debe prevalecer el interés público por llevar a cabo la gestión del personal del Ayuntamiento.

El consistorio ha calificado la sentencia como «una buena noticia» y el equipo de gobierno municipal ha anunciado que proseguirá con su firme voluntad de cumplir la obligación legal de bajar la tasa de interinos al 8 por ciento, así como con la obligación moral de que cualquier persona que entre a trabajar en la administración pública pase unas pruebas donde «la igualdad de mérito y la capacidad sean claves para su nombramiento».

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación.