Ratifican la condena a un hombre por abusar de una niña de 8 años

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ASTURIAS

Sede del TSJA
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El acusado, de 59 años, realizó tocamientos y agresiones de carácter libidinoso contra la hija de su sobrina a la que exigía que mantuviera el secreto

17 jul 2019 . Actualizado a las 16:26 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado la condena a 11 años de prisión a un acusado, de 59 años, por un delito continuado de abuso sexual a una niña, de 8, a la que tendrá que indemnizar con 15.000 euros y a la que no podrá aproximarse a menos de 500 metros durante 15 años.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha ratificado la condena impuesta por la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, tras considerar verosímil la versión de la menor y compatible con la pericial médica a la que fue sometida.

La Audiencia había condenado a A.H.S.S. por abusar sexualmente de una hija de una sobrina cuando, «con el propósito de satisfacer su deseo libidinoso», aprovechaba las visitas, la diferencia de edad y el parentesco para realizar tocamientos a la menor, diciéndole que no se lo podía contar a nadie.

Los magistrados de la Audiencia declararon probado que el acusado buscaba la ocasión para besar a la menor en la boca y agredirla sexualmente.

A.H.S.S. aprovechó la ausencia de sus dos hijas y de su mujer en su domicilio para agredir sexualmente a la niña cuando ésta se fue a la habitación a coger unos cascos para escuchar música.

La niña, por temor a las consecuencias familiares, no quiso contar lo que ocurría inicialmente, hasta que el 14 de agosto de 2017 se atrevió a contárselo a su madre.

Tras ser condenado a 11 años de prisión, el acusado recurrió en apelación alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

Sin embargo, el tribunal de la Sala de lo Civil y Penal sostiene en la sentencia que ahora ha confirmado plenamente que la declaración de culpabilidad y el fallo condenatorio están basados en «auténticas pruebas de cargo».

Además, la Sala entiende que la menor hizo una declaración coherente, creíble y objetiva, así como «persistente y verosímil».

Asimismo, el TSJA considera que la versión de la menor es plenamente compatible con la pericial médica y psicológica, las testificales de la madre de la menor y su actual pareja.

Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.