Un cliente recibirá 10.000 euros por figurar como moroso por una deuda anulada

La Voz REDACCIÓN

ASTURIAS

Juzgados de Laviana
Juzgados de Laviana verpueblos.com

La empresa tendrá que indemnizarlo por la intromisión ilegítima en su honor, al incluir sus datos en los registros Asnef-Equifax y Experian-Badexcug

04 nov 2019 . Actualizado a las 13:39 h.

Una juez de Laviana ha condenado a una financiera a indemnizar con 10.000 euros a un cliente por la intromisión ilegítima en su honor por incluir sus datos en dos registros de morosos, ante el impago de una deuda contraída con una tarjeta de crédito que había sido anulada por otro juzgado por usura. El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Laviana ha estimado «proporcionada» la indemnización de 10.000 euros por los daños morales y perjuicios que la entidad TTI Finance ocasionó a Alejandro G.A. al incluir sus datos en los registros de morosos Asnef-Equifax y Experian-Badexcug.

Alejandro G.A. había suscrito un contrato de tarjeta de crédito, el 3 de octubre de 2007, con la entidad MBNA, cuyos derechos de reclamación fueron cedidos a TTI Finance. En ese momento, constaba una certificación de extractos de movimientos de la tarjeta que refería una deuda de 2.643 euros que la financiera reclamó a Alejandro G.A. El abogado Luis Fernández del Viso, que representa al cliente, demandó a la entidad y pidió que se declarase nulo el contrato por usura, el 31 de octubre de 2017, al considerar abusivo el interés remuneratorio, ya que estaba fijado un tipo de interés TAE del 26,90%, cuando la tasa media ponderada de todos los plazos a esa fecha era de un 9,78%, según informa Efe.

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Laviana declaró usurario y nulo el interés remuneratorio establecido, abusiva la cláusula de la comisión por impago de recibo, así como el apartado que facultaba a la entidad a modificar unilateralmente las condiciones del contrato. Además, en la sentencia se establecía que no sólo no debía abonar la deuda reclamada, sino que TTI Finance debía pagar a Alejandro G.A. 3.221 euros.

Tras obtener el respaldo judicial con la anulación del contrato de la tarjeta de crédito, el abogado Fernández del Viso demandó, el pasado mes de febrero, a la entidad TTI Finance por intromisión ilegítima en el honor de su representado y reclamó que se le diera de baja en ambos ficheros. El pasado 28 de octubre, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Laviana dictó la sentencia por la que estimó íntegramente la demanda al sostener que la inclusión de sus datos en los ficheros se realizó en base a «una deuda inexistente» que además no era «vencida, líquida, ni exigible».

La sentencia resalta que la financiera causó un perjuicio y un daño moral a Alejandro G.A. ante la «importante repercusión» que tuvo figurar como moroso, ya que estos ficheros fueron consultados por seis empresas bancarias y de telefonía móvil, tuvo que emprender un litigio contra la empresa para probar que no debía cantidad alguna y se le denegaba la posibilidad de financiación. La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación para su resolución por la Audiencia Provincial de Asturias.