Riopedre descontará un día de condena por cada diez comparecencias judiciales

La Voz

ASTURIAS

Riopedre sale de la Audiencia Provincial, en una imagen de archivo de 2019
Riopedre sale de la Audiencia Provincial, en una imagen de archivo de 2019 J.L. Cereijido

El tribunal considera que los 100.000 euros recaudados por familiares y amigos del exconsejero deberán servir para pagar la multa impuesta en la sentencia

26 dic 2019 . Actualizado a las 13:09 h.

La Audiencia Provincial ha acordado descontar un día de prisión por cada diez comparecencias judiciales al exconsejero de Educación del Principado, José Luis Iglesias Riopedre, que cumple una condena de cinco años y dos meses de prisión en la cárcel de Asturias por el caso Marea. El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia ha emitido un auto con la liquidación de condena del exconsejero por el que se acuerda que por cada diez veces que haya comparecido en sede judicial se le descontará un día de prisión.

Los magistrados señalan que salvo las tres primeras comparecencias, que Riopedre tuvo que realizar ante el juzgado de Gijón, pese a que su domicilio habitual está en Oviedo, el resto las ha realizado en la demarcación judicial de su área residencial, por lo que se computan igualmente a la hora de la liquidación de condena.

De la misma manera, por cada día que Riopedre estuvo privado de su pasaporte, en las fechas comprendidas entre el 29 de septiembre de 2017 y el 7 de octubre de 2019, también se le rebajará un día de prisión en su condena.

Contra este auto, fechado el pasado 20 de diciembre, cabe interponer un recurso de súplica y contra el auto que lo resuelva podrá a su vez recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

El mismo tribunal acordó, el pasado día 13, el embargo de la fianza de cien mil euros que el exconsejero entregó como fianza para la libertad provisional durante la instrucción del caso Marea, tras su primer ingreso como preventivo el 25 de enero de 2011, y abandonó el centro penitenciario 40 días después.

Desde el pasado mes de octubre se encuentra de nuevo en prisión cumpliendo la condena de cinco años y dos meses de prisión por lo que interesó su devolución al sostener que los cien mil euros procedían de la colecta realizada entre familiares y amigos y, por tanto, no cabría su embargo.

Sin embargo, la Sala estima que en los resguardos de transferencia correspondientes a los ingresos consta que son en concepto de «préstamo» y, aunque en algunos también se señala que son una «aportación» el nombre de la cuenta bancaria es, a juicio de los magistrados, «clarificador» al figurar que es destinada a la finalidad de cubrir la fianza.

En consecuencia, el tribunal ha acordado que esos cien mil euros se destinen a afrontar la multa que aún no ha abonado de 400.000 euros, por los que ha sido condenado en el caso Marea. EFE