La juez archiva el caso de un incendio en Llanes por basarse en «meras conjeturas y especulaciones»

La Voz REDACCIÓN

ASTURIAS

Incendio en las proximidades de Naves (Llanes)
Incendio en las proximidades de Naves (Llanes) José Luis Cereijido

Las llamas afectaron a 326 hectáreas. El vecino ha sido absuelto tras no ser suficiente el informe de la BRIPA, única prueba de cargo contra él

04 mar 2020 . Actualizado a las 11:57 h.

Una juez ha absuelto a un vecino de Llanes de provocar un incendio forestal que afectó a 326 hectáreas en un monte en la Sierra de Purón, al considerar que el informe de la Brigada de Investigación del Principado de Asturias (BRIPA), única prueba de cargo contra él, se basó en «meras conjeturas y especulaciones». La sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo, tras la vista oral celebrada el pasado 24 de febrero, establece que no ha quedado acreditado que el acusado, J.C.T., tuviera una intervención directa en el delito de incendio forestal que le imputaban la Fiscalía y la acusación particular, que ejercitaba el Principado, por el que afrontaba una pena de 3 años y 6 meses de prisión.

La juez sostiene en su resolución, notificada ayer, que la única prueba de cargo que existía era el informe de la BRIPA, en el que se barajaba «como hipótesis» que J.C.T. había causado el incendio de forma intencionada como si se tratara de «una venganza» ante la negativa del Ayuntamiento de Llanes a que participara en la licitación de la adjudicación de parcelas comunales ubicadas en la zona de incendio. Los agentes ratificaron el informe en el juicio y añadieron que el acusado estaba enemistado con el resto de los ganaderos de la zona ante las continuas quejas que suscitaba que tuviera un toro sin sanear; unas aseveraciones que según la juez «en modo alguno» han resultado constatadas de la prueba practicada en la vista oral.

Además, subraya que prima la presunción de inocencia porque estos ganaderos no están identificados en el informe, ni fueron llevados al juicio para que mantuvieran esa versión y añade que en el caso de que mediara tal enfrentamiento esa supuesta enemistad determinaría la previa existencia de relaciones de conocimiento entre partes y posibles «motivos espurios» que pudieran «enturbiar o restar credibilidad» a tales declaraciones. De esta forma, la juez considera probado que sobre las 21.00 horas del 4 de abril de 2017 se produjo un incendio que inicialmente se extendió a dos parcelas y se propagó por una zona de monte en la Sierra de Purón, en Llanes, que afectó a 326 hectáreas y no pudo extinguirse hasta el día siguiente.

En esta zona había tojo, brezo, pino, eucalipto, roble, castaño y abedul y estaba calificada como paisaje protegido de la Sierra del Cuera, sin que se pueda concluir, añade la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la autoría del incendio. La Fiscalía y el abogado del Principado coincidían en solicitar una pena de 3 años y 6 meses de prisión, pero diferían en la cuantificación de las indemnizaciones.

Así, la Fiscalía pedía una multa de 8.100 euros e indemnizaciones de 31.824 euros al Principado por los perjuicios medioambientales causados y de 41.752 euros a los Bomberos de Asturias por los gastos de las labores de extinción, mientras que la administración regional elevaba la cuantía que le correspondía por los perjuicios causados a 57.146 euros. El abogado de la defensa, Víctor Ceferino Argüelles, interesaba la libre absolución al mantener que su representado no tenía relación alguna con los hechos imputados. La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, según informa Efe.