¿Qué se puede hacer desde este lunes con las nuevas normas de la fase 1?

ASTURIAS

Una terraza del Paseo de Begoña, en Gijón
Una terraza del Paseo de Begoña, en Gijón Juan González

A la movilidad dentro de la provincia y las menores restricciones sociales, se suman ahora la apertura de comercios de más de 400 metros, la caza y la pesca

18 may 2020 . Actualizado a las 17:29 h.

El paso de Asturias a la fase 1 del plan de transición hacia una nueva normalidad supuso una serie de medidas adicionales de alivio de las restricciones sociales y económicas impuestas el 14 de marzo con el decreto del estado de alarma, que se regulan a través de la orden ministerial SND/399/2020. El pasado jueves el ministro de Sanidad, Salvador Illa, relajó algunas de las normas que estaban vigentes, como la posibilidad de cazar y pescar, o la apertura de más comercios. Sigue también la movilidad dentro de la provincia, la posibilidad de visitar y reunirse con familiares y amigos, el acceso a los establecimientos comerciales y hosteleros y la participación en ceremonias como el culto religioso y los funerales. Todo ello presidido por la máxima de la responsabilidad personal y el objetivo fundamental, que es minimizar la posibilidad de contagios, sobre todo de los colectivos con más riesgo, como el de las personas mayores.

¿Cuáles son las novedades para este lunes día 18?

A partir del lunes 18 se permite la caza y la pesca, y también pueden abrir los comercios de más de 400 metros cuadrados, siempre que limiten el espacio comercial habilitado a esta superficie. Independientemente de su superficie y de la fase en la que se encuentre la provincia en la que estén localizados, este lunes 18 pueden abrir los concesionarios de toda España. Trabajarán, eso sí, con cita previa. 

Todas estas medidas se suman a la posibilidad de desplazarse dentro de la provincia, las reuniones de hasta diez personas, las actividades comerciales y servicios sin cita previa, la apertura limitada de las terrazas y los hoteles, así como de los centros culturales y religiosos, y el aumento del aforo en determinadas ceremonias, como los velatorios y los entierros. 

Otro cambio que se activa este lunes es el relativo a las rebajas. El Gobierno las había prohibido (no en las ventas por Internet pero sí en las ventas presenciales) para evitar las aglomeraciones. Las quejas de los comerciantes, después de dos meses cerrados y con stock en los almacenes, parece haber surtido efecto en el Ejecutivo, que ahora rectifica y permite finalmente los descuentos y rebajas desde el lunes en toda España. 

¿Qué actividades de las ya permitidas se pueden seguir haciendo?

Todas. El cambio de fase no añade en ningún caso restricciones, solo elimina algunas de las existentes, con lo que se mantienen las salidas para compras esenciales, trabajo, pasear mascotas, atender a niños y mayores dependientes, acudir a centros sanitarios...

¿Cuál es el límite territorial para los desplazamientos ?

La provincia, es decir Asturias. Las excepciones son para los supuestos que ya estaban contemplados, como el de acudir a su puesto de trabajo o atender a una persona dependiente.

¿Está permitido desplazarse a segundas residencias?

La orden ministerial dice que «se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada», con lo que no existen limitaciones específicas sobre el motivo del desplazamiento. Por tanto, ir a las segundas residencias, aunque estaba previsto para una fase siguiente de la desescalada, queda permitido.

 ¿Cuántas personas pueden viajar en el mismo coche?

Si son personas que viven habitualmente juntas pueden llenar todas las plazas disponibles del vehículo, que generalmente son cinco en los turismos convencionales, aunque pueden llegar hasta nueve. En caso contrario, dos viajeros por cada fila de asientos «siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes».

¿Qué limitaciones existen para las reuniones?

Se permite la presencia de un máximo de diez personas que tendrán que mantener la distancia de seguridad de dos metros, además del resto de medidas higiénicas recomendadas como el lavado de manos o las mascarillas, en caso de que sea posible. Se pueden realizar tanto en domicilios particulares y recintos privados como en espacios públicos. Las personas más vulnerables podrán participar «siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo rigurosas medidas de protección».

¿Se mantienen las franjas horarias?

Sí, aunque cabe recordar que estas franjas, establecidas como una medida previa de alivio del estado de alarma, se aplican en lo que respecta a salir a pasear, a un máximo de un kilómetro del domicilio, y hacer deporte. Por tanto, siempre que se resida en núcleos de más de 10.000 habitantes —en los pueblos pequeños y aldeas no hay estas limitaciones— los mayores de 14 años y menores de 70 pueden pasear y hacer deporte de 06.00 a 10.00 y de 20.00 a 23.00 horas. Los niños pueden salir a la calle con su propio juguete de 12.00 a 19.00, un máximo de tres con cada progenitor o adulto a cargo. Los mayores de 70 años y las personas dependientes, acompañadas por un cuidador, tienen reservadas las franjas de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00 horas. Con la nueva orden ministerial las comunidades autónomas tienen potestad para adelantar o retrasar las franjas dos horas por razones climatológicas, pero en ningún caso podrán acortar o prolongar su duración.  

¿Hay que acudir ya al puesto de trabajo?

Se siguen fomentando «los medios no presenciales», como el teletrabajo. En caso contrario, los empleadores deben poner a disposición de los trabajadores geles desinfectantes y garantizar las medidas de separación personal. Cuando estas distancias no se puedan guardar, es imprescindible utilizar equipos de protección individual.

¿Qué comercios están autorizados para abrir?

Todos los que tienen menos de 400 metros cuadrados y algunos que superan esa superficie, como los concesionarios de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos. Además, desde el lunes 18, los comercios en general con más de 400 metros cuadrados podrán abrir siempre que limiten el espacio utilizado para la venta a esa superficie y cumplan la limitación de aforo al 30 % que rige para todos. En caso de que sea imposible mantener la distancia de seguridad de dos metros, únicamente podrá entrar un cliente de cada vez en el establecimiento. Además, se recomienda habilitar un horario específico para las personas más vulnerables, como los mayores o los que tienen patologías previas. Quedan excluidas las tiendas que se encuentran dentro de los centros comerciales, a excepción de las que ya están abiertas como las de alimentación y otros productos básicos. Los mercadillos al aire libre pueden habilitarlos los concellos con solo una cuarta parte de los puestos habituales para incrementar la separación entre ellos. En el caso de los concesionarios o los centros de jardinería pueden abrir sea cual sea su superficie pero mediante cita previa. También están autorizadas para abrir, como novedad, «las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal», a excepción de las que están en los centros comerciales y no cuentan con entrada independiente desde el exterior.

¿Qué medidas higiénicas son obligatorias?

La desinfección del establecimiento dos veces al día, de la que una tiene que ser al finalizar la jornada. La distancia con el cliente tiene que ser como mínimo de un metro cuando existan elementos de separación como las mamparas, y de dos en caso contrario. Los puestos de trabajo hay que desinfectarlos al término de cada turno. Los clientes no pueden utilizar los aseos, salvo que sea «estrictamente necesario», y deben permanecer en los locales el tiempo mínimo imprescindible para hacer la compra. Deben tener a su disposición geles hidroalcohólicos y en las zonas de autoservicio los productos tiene que entregárselos un trabajador «con el fin de evitar la manipulación directa por parte de los clientes».

¿Qué cambia para los negocios de hostelería?

Los locales de alimentación y bebida, al margen de la entrega a domicilio y la recogida, pueden ahora abrir sus terrazas, pero garantizando las separaciones con únicamente la mitad de las mesas ocupadas por un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas. A los aseos solo puede acceder una persona de cada vez, a no ser que sea un dependiente que necesite ayuda, y deberán desinfectarse los aseos al menos seis veces al día. Las superficies que tocan los clientes, como las propias mesas, hay que desinfectarlas entre un cliente y otro y hay que evitar todos los elementos de uso común como las cartas. «Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras y otros utensilios similares», tal como dice la orden ministerial. En los hoteles, donde operan las mismas restricciones que para las áreas de restauración, queda vetado el uso de las zonas comunes.

¿Pueden ir los mayores y los niños a las terrazas?

Las personas mayores son adultos a todos los efectos. Al margen de que se habiliten para ellos horarios preferentes en algunas actividades, eso no significa que no tengan los mismos derechos que el resto. En el caso de los niños, su movilidad —al margen de la hora diaria de paseo a menos de un kilómetro del domicilio— estaba restringida a acompañar a los adultos en las actividades permitidas, como el desplazamiento para atender a mayores y dependientes, por «causa de fuerza mayor o situación de necesidad» y «cualquier otra actividad de análoga naturaleza». La última orden ministerial regula cómo tienen que abrir las terrazas e incide en la libertad de circulación, pero no se refiere de manera expresa a la de reunión, aunque la interpretación que se hace, a tenor de las declaraciones de miembros del Gobierno, es que los menores de 14 años se benefician igualmente de esa reducción de medidas que restringían la movilidad. Pueden por tanto, como los adultos, en los horarios que estén abiertas y no únicamente en su franja horaria determinada, que solo rige en lo relativo a los paseos por la calle y la práctica deportiva.

¿Cuál es el límite de asistencia a un velatorio?

En recintos cerrados podrán asistir a las ceremonias como velatorios y entierros un máximo de diez personas, al margen del sacerdote u otro oficiante, y en espacios abiertos el límite es de 15.

¿Se puede ir a misa?

Siempre que se limite el aforo del templo o el edificio en cuestión al 30 % de su capacidad y guardando la distancia interpersonal además del resto de medidas higiénicas, incluido el uso de mascarillas. Para calcular las distancias se establece una persona por cada fila de bancos y un máximo de un asistente por metro cuadrado. No está permitido el uso de agua bendecida, ni la actuación de los coros o «tocar o besar objetos de devoción», y en el contacto personal hay que mantener «en todo momento la distancia de seguridad». Además, los obispos de varias diócesis han emitido comunicados en los que recomiendan a los mayores de 65 años que, de momento, se abstengan de acudir a los oficios religiosos.

¿Vuelven los niños al colegio?

En ningún caso. Los centros educativos abren «para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas», con toda una serie de medidas higiénicas y de protección similares a las de otros establecimientos de uso público. Sí reabren, de manera gradual, los centros de investigación, guardando todas las medidas de higiene y protección personal. Incluso se autoriza la celebración de congresos y seminarios, siempre con el distanciamiento interpersonal exigido de manera general.

¿Cuándo abren los teatros y centros culturales?

Se puede acudir a las bibliotecas y recoger y devolver libros, además de leer allí mismo con limitación de aforo. Los actos y espectáculos culturales, como las funciones de los teatros, quedan limitados a un tercio del aforo y un máximo de 30 personas. En el caso de espacios abiertos el máximo se elevan hasta las 200 y en los museos solo se permiten las visitas, también con un tercio del aforo, pero no las actividades culturales. En cambio, el turismo activo y de naturaleza para grupos reducidos de personas queda ya habilitado, al igual que los rodajes audiovisuales.

¿Qué ocurre con la atención de dependientes?

Se reactivan de manera progresiva los servicios sociales, con atención prioritaria de los colectivos desfavorecidos en función de sus necesidades sanitarias, como la atención a la discapacidad, las terapias ocupacionales, de rehabilitación y psicosociales. «Los centros donde se presten dichos servicios y prestaciones deberán estar abiertos para la atención presencial a la ciudadanía», según dice la orden ministerial. También se pone en marcha la asistencia domiciliaria a personas con necesidades especiales, como pueden ser las derivadas de los deterioros cognitivos.

¿Se puede jugar al tenis, al golf o ir al gimnasio?

Sí se puede jugar al tenis porque, al margen de los deportes individuales, ahora también se pueden practicar los colectivos siempre que sean al aire libre y sin contacto. En los gimnasios quedan habilitadas las actividades individuales con cita previa, siempre que no implique contacto y tampoco se pueden utilizar los vestuarios. Las instalaciones al aire libre tiene limitado su aforo al 30 % y hay que usarlas por turnos después concertar una cita previa con la entidad gestora. Desde el lunes 18 se permiten también la caza y la pesca.