El TSJA anula las directrices del concurso de méritos en 1.340 puestos de la administración regional

La Voz

ASTURIAS

Palacio de Camposagrado, sede del TSJA
Palacio de Camposagrado, sede del TSJA

El tribunal considera que incluye una regulación «que excede el marco de las meras instrucciones y órdenes de servicio»

11 jun 2020 . Actualizado a las 17:13 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado las directrices para la convocatoria del concurso de méritos para cubrir 1.340 puestos de jefatura de la administración regional, al considerar que no son conformes a derecho porque exceden el marco de las instrucciones y órdenes de servicio.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha estimado así el recurso interpuesto por dos miembros de Conceyu por otra función pública n’Asturies contra el acuerdo del Consejo de Gobierno del 18 de julio de 2018 por el que se aprobaron las directrices para la ordenación y clasificación de los puestos de trabajo.

Tras aprobar estas directrices, el Consejo de Gobierno aprobó una Relación de Puestos de Trabajo (RPT) el 7 de junio de 2019 y, cinco días después, convocó el concurso de méritos para cubrir 1.340 puestos de trabajo en el Principado.

Los dos integrantes de Conceyu recurrieron ambos acuerdos invocando su nulidad al alegar que las directrices eran «materialmente una disposición de carácter general» aprobada prescindiendo del procedimiento establecido e incidían en que además incumplía el decreto de relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

En su resolución, el TSJA reconoce que «una mera lectura» del acuerdo impugnado permite concluir que contiene una regulación de carácter normativo «que excede el marco de las meras instrucciones y órdenes de servicio».

Además, el tribunal sostiene que su denominación se contradice no sólo con su contenido sino incluso con su proceso de gestación y la información de los recursos que en ellas se inserta, ya que demuestra que «tienen una vocación reguladora superadora de la mera orientación política característico de las directrices».

El TSJA reconoce igualmente que el expediente administrativo ya sembró «las dudas» sobre la verdadera naturaleza jurídica de estas directrices que surgieron ya «en el seno de la propia administración», recalcan los magistrados, puesto que algún secretario general técnico planteó esa situación sobre su consideración como disposición general.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de casación; según informó EFE.