Raynair indemnizará a dos asturianos que se perdieron un partido de fútbol por la cancelación de un vuelo

ASTURIAS

Un avión de Ryanair en el aeropuerto de Frankfurt
Un avión de Ryanair en el aeropuerto de Frankfurt Andreas Arnold

Un socio de la Unión de Consumidores de Asturias y su hijo deberán ser recompensados por los daños morales y perjuicios causados por la suspensión del viaje

15 jun 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La dejadez y escepticismo hace que en muchas ocasiones los clientes prefieran no presentar reclamaciones, pero hay casos que evidencian que dar batalla puede tener recompensa. El último ejemplo es el de un padre asturiano -socio de la Unión de Consumidores de Asturias- y su hijo, que tras sufrir la cancelación de un vuelo acaban de ganar una demanda contra Raynair que obliga la aerolínea a reintegrar el importe del billete y a indemnizarles con daños y perjuicios. En total, la compañía deberá ingresarles 741 euros.

La sentencia dictada por el juzgado de le mercantil número 1 de Oviedo, contra la que no cabe recurso, recoge que el padre y el hijo habían comprado dos billetes de avión para volar de Santander a Barcelona el 18 de septiembre para presenciar un partido de fútbol. La vuelta estaba fijada para el día siguiente. Los afectados se desplazaron en coche a la localidad cántabra, pero cuando llegaron allí Raynair había cancelado el vuelo y les ofrecía la opción del transporte por carretera, pero no llegaban a tiempo para presenciar el encuentro. La aerolínea alegó causa de fuerza mayor y achacó su decisión a motivos meteorológicos. Sin embargo, el juez no está de acuerdo.

El socio de la Unión presentó una demanda y solicitó una indemnización de 941 euros, cifra calculada en base a los siguientes conceptos: 500 euros por las dos cancelaciones; 200 euros por daño moral; 125 euros por gasto de hotel que no pudieron disfrutar, 3,10 euros de parking de Aena, 73 euros por el coste del kilometraje en Oviedo y Santander y 40 euros que faltaban por reembolsar del precio de los billetes. Por su parte, la aerolínea alegaba que solo debería abonar 113 euros por la suma de los dos últimos conceptos.

Analizados los argumentos de las dos partes, el juez estimó en parte la demanda del socio de UCE y condenó a Ryanair al pago de 741 euros. La sentencia aclara que no es posible presentar recurso.

Críticas de la Unión de Consuidores a la aerolíneas

Dacio Alonso, presidente de la Unión de Consumidores de Asturias, recuerda que la cancelación de vuelos y viajes es «el número 1» de las reclamaciones durante el periodo de alarma. Alonso sostiene, en referencia a las aerolíneas, que «el Gobierno les dio la mano y se quedaron con el brazo». Además, les acusa de «un comportamiento fraudulento y abusivo de la mayoría de las compañías aéreas que operan en nuestro país, ya que impusieron, sí o sí y a calzador, unos raquíticos bonos y vales como única opción para compensar el desembolso del viaje pagado y no ejecutado». «Ni informaron ni facilitaron el acceso de los usuarios que exigían como única opción el reintegro de las cantidades abonadas», detalla. 

El responsable de la Unión recuerda que hay más opciones, por lo que anima a los clientes a «no resignarse y no admitir como compensación un bono o vale que no satisface tus derechos e intereses». Por ello, recuerda que la organización tiene en marcha una campaña para reclamar los reembolsos tanto de vuelos cancelados como de viajes combinados a través de agencias. «El usuario tiene derecho al reembolso económico en el plazo de siete días y 14 si es agencia de viajes», asevera Alonso.