El Constitucional valorará si la comisión de investigación sobre el Gitpa vulneró derechos de una funcionaria

la voz REDACCIÓN

ASTURIAS

Fachada del Tribunal Constitucional
Fachada del Tribunal Constitucional MARISCAL | Efe

El alto tribunal admite a trámite una demanda de amparo después de que se hiciera comparecer a una persona sin responsabilidades políticas

22 jun 2020 . Actualizado a las 18:46 h.

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite la demanda de amparo de una funcionaria de la empresa pública Gestión de Infraestructuras de Telecomunicaciones del Principado de Asturias (Gitpa) por vulneración de los derechos fundamentales a la libertad y la seguridad, la presunción de inocencia, el honor, la imagen y el secreto de las comunicaciones en relación al dictamen de la comisión de investigación. La funcionaria A.C. ha pedido el amparo del alto tribunal al considerar que el Parlamento vulneró sus derechos al aprobar, el 28 de septiembre de 2018, las conclusiones del dictamen de la comisión de investigación creada para analizar la gestión y actividad desarrollada por Gitpa y frente a la negativa a rectificarlas, en enero de 2019.

A.C. compareció en dos ocasiones ante la comisión, el 16 de noviembre de 2016 y el 31 de mayo de 2017, y pese a que no ostentaba «ningún tipo de responsabilidades políticas» se vio «injustamente» acusada y criticada en su trabajo, al atribuirle infracciones penales e ilícitos administrativos con gran repercusión mediática, según sostiene su abogada Ana García Boto, en la demanda. Gitpa fue objeto de investigaciones judiciales por presuntas irregularidades en la facturación al Principado de sobrecostes en las obras ejecutadas en la extensión de la red troncal de cable de occidente tras encargarse desde 2006 de la puesta en marcha de la red Asturcón de servicios de internet, televisión por cable y telefonía en toda Asturias.

El Parlamento creó, a instancias del Grupo Popular, una comisión de investigación para depurar posibles responsabilidades políticas y en sus trabajos analizó 53 expedientes sobre la gestión de Gitpa desde su constitución, en agosto de 2006, y entre los que destacaban unos correos electrónicos anónimos sobre los que interrogaron a la funcionaria. A.C. no pudo aclararlos «porque no le fueron exhibidos», advierte la letrada, y al finalizar el interrogatorio se le informó que se habían trasladado a la Fiscalía por tratarse de «hechos graves». García Boto recuerda que su representada fue «formalmente» requerida para comparecer a través de una citación donde se hacía constar «erróneamente» su condición de gerente de administración y contratación cuando constaba documentalmente que sólo era «una simple empleada» y, por tanto, sin responsabilidad política alguna.

Además, mantiene en la demanda, a la que ha tenido acceso Efe, que al no existir una norma legal autonómica de la que surja la «inexcusable obligación» del ciudadano de comparecer, bajo sanción penal, ante las comisiones de investigación del Parlamento su requerimiento está «viciado de nulidad». Entre las presuntas irregularidades que le atribuía el Parlamento figuraban la falta de diligencia y dejación de funciones además del supuesto consentimiento a las irregularidades en la gestión del personal, en materia de contratación y en la gestión de la documentación y expedientes de las obras realizadas por la empresa.

Los diputados consideraron «incomprensible», en sus conclusiones, que el Principado no le abriera investigación alguna, ni expediente sancionador, y «lo que es más inconcebible», añadían, se la mantuviera en el mismo puesto de trabajo. El TC ha admitido el recurso de amparo al advertir que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental «del que no hay doctrina» y ha acordado remitir comunicación a la Junta General a los efectos de su personación y comparecencia en el plazo de 10 días en el proceso constitucional, según informa Efe.