Un juez da la razón a una inspectora accidental en un conflicto con Educación

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Aula vacía PEPA LOSADA

La sentencia reconoce que tenía derecho a seguir en comisión de servicio, aunque se hubiese trasladado a Navarra tras pasar otras oposiciones

29 ago 2020 . Actualizado a las 12:30 h.

Un juez de Oviedo ha reconocido el derecho de una inspectora de Educación a ser incluida en la lista de inspectores accidentales del Principado de la que fue excluida tras haber superado otro proceso selectivo en Navarra que le obligó a trasladar su residencia con el consiguiente perjuicio económico. El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo ha estimado así el recurso que la abogada de CSIF Alma María Pantiga Fernández interpuso contra el Principado en representación de la funcionaria docente afectada.

La demandante, Cristina Báez Villa, había superado la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación convocado en Asturias por una resolución del año 2016, pero finalmente no obtuvo plaza. Durante los cursos 2017-2018 y 2018-2019 prestó servicio como inspectora accidental en la Consejería de Educación y Cultura del Principado y, según ha explicado a Efe, en esa misma situación desarrolló su actividad en el curso 2019-2020 en Navarra, donde había aprobado el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.

El hecho de que obtuviera plaza en Navarra no era óbice, en aplicación de la normativa vigente, para que continuara en comisión de servicios como inspectora accidental en Asturias al tratarse de dos cuerpos docentes diferentes. Sin embargo, la Consejería de Educación y Cultura decidió no prorrogar a la funcionaria la comisión de servicios de cara al curso 2019-2020, al excluirla de la lista en la que ocupaba la primera posición por las calificaciones obtenidas en el procedimiento selectivo.

La funcionaria decidió acudir a la vía contencioso-administrativa al considerar que sus derechos laborales estaban siendo vulnerados por la Consejería y su letrada Alma María Pantiga defendiera ante el juez que la exclusión de la lista le causaba graves perjuicios. El juez ha reconocido el derecho de la demandante a que se le abone el importe correspondiente a las retribuciones que debería haber percibido como inspectora accidental en el curso escolar 2019-2020.

La sentencia, contra la que cabe recurso, sostiene que su exclusión no estaba «debidamente justificada» pues, aunque uno de los requisitos era no ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, se refería al momento de acceder a ese proceso selectivo. Además, el juez reconoce su derecho a permanecer integrada en la lista con los efectos económicos y administrativos procedentes desde la fecha de su exclusión.