Las restricciones se extendien a las áreas rurales de los concejos. Atender huertos y animales domésticos será un motivo justificado para la movilidad
30 oct 2020 . Actualizado a las 18:09 h.El Principado extendió este viernes oficialmente los cierres perimetrales de Oviedo y Gijón al conjunto de los concejos, más allá de los núcleos urbanos, ampliando las restricciones a las áreas rurales de los municipios; tal y como ya ocurría en Avilés.
El BOPA recoge las limitaciones, solicitadas por los alcaldes de ambas ciudades, y estarán vigentes hasta el sábado 7 de noviembre, aunque podrían prorrogarse si la evolución de la pandemia así lo aconseja, según destacó el Gobierno asturiano. De hecho en un comunicado se resaltó que «la incidencia acumulada de la covid-19 en los últimos 14 días se sitúa en Asturias en 355 casos por cien mil habitantes, mientras que en Gijón se eleva hasta 548, en Avilés llega a 378 y en Oviedo, a 263».
Según informó el Principado, además de la ampliación de los cierres perimetrales, la norma plantea también nuevas causas para permitir la entrada y salida en los municipios citados. «Así, a partir de ahora, atender huertos y animales domésticos será un motivo justificado para ello».
Por otra parte, aquellas personas que residan en localidades limítrofes con estos concejos y en las que no existan establecimientos para adquirir alimentos o productos de primera necesidad, también podrán entrar o salir en estos términos municipales con el fin de abastecerse.
Estas dos excepciones a la limitación de la movilidad en estos municipios se suman a las que ya estaban en vigor anteriormente, que son las siguientes:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.
- Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Entrenamientos y competiciones en actividad deportiva federada.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Cualquiera de estas causas deberá ser acreditada con los documentos correspondientes. Asimismo, solo estará permitido el desplazamiento durante el tiempo indispensable para realizar la actividad y una vez al día; según destaca la nota del Principado.