La Ficyt incumplió la normativa en el reparto de subvenciones, según la Sindicatura

La Voz

ASTURIAS

 Los síndicos Manuel Fueyo y Eduardo Rodríguez y el síndico mayor Roberto Fernández Llera
Los síndicos Manuel Fueyo y Eduardo Rodríguez y el síndico mayor Roberto Fernández Llera

El organismo fiscalizador constata una serie de «incumplimientos legales muy significativos o generalizados».

10 dic 2020 . Actualizado a las 16:41 h.

La Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (Ficyt) procedió al reparto de subvenciones entres distintos centros tecnológicos del Principado sin aplicar la normativa adecuada, por lo que la Sindicatura de Cuentas del Principado ha emitido un informe desfavorable sobre la asignación de esas ayudas en 2018.

El informe de la Sindicatura, que refleja una «opinión de cumplimiento desfavorable», señala que los trabajos de fiscalización de las ayudas de casi 9,7 millones de euros que se repartieron ese año entre cinco centros tecnológicos y de investigación han constatado una serie de «incumplimientos legales muy significativos o generalizados».

Entre ellos destaca que no cumplía con los requisitos establecidos por al Ley de Contratos del Sector Público para actuar como medio propio de la administración y por lo tanto, formalizar los encargos ejecutados durante el año fiscalizado, tarea que no podía llevar a cabo al ser, por lo tanto, una entidad de derechos privado.

No obstante, la Sindicatura también aclara que en mayo de 2019 el patronato de la fundación modificó sus estatutos para eliminar toda referencia a su condición de medio propio.

El informe de la Sindicatura también cuestiona una subvención directa de 480.000 euros otorgada de manera directa y el hecho de que en ninguna de las resoluciones de concesión de ayudas, excepto en una, se hace constar expresamente el objeto de la subvención.

Para el órgano fiscalizador del Princiopado, lo recomendable sería que la acción de fomento y apoyo a los centros tecnológicos se base en el principio de concurrencia, circunscribiendo la asignación nominativa de las ayudas a aquellos supuestos excepcionales debidamente motivados.