65.000 pensionistas asturianos quedarán exentos del copago farmacéutico

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Una farmacia del centro de Oviedo
Una farmacia del centro de Oviedo J.L.Cereijido

Los beneficiaros son aquellos con rentas anuales bajas y, también, las familias perceptoras del salario social con hijos menores a cargo

22 ene 2021 . Actualizado a las 20:20 h.

Unos 65.000 pensionistas asturianos y sus personas beneficiarias quedarán exentas la próxima semana del copago farmacéutico impuesto por el Gobierno central en 2012, tras la modificación de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios recogida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

La directora general de Política y Planificación Sanitarias, Lidia Clara Rodríguez, ha asegurado eque esta medida tendrá un «gran impacto», al reducir la desigualdad en el acceso a los medicamentos por una barrera económica. «Es una buena noticia para muchas personas que podrán acceder con mayor facilidad a la prestación farmacéutica», ha precisado.

El último barómetro sanitario refleja que un 3% de las personas encuestadas manifestaba dificultades económicas para acceder a los fármacos recetados por los médicos de los servicios sanitarios públicos.

En un primer momento, los beneficiarios serán aquellos pensionistas cuya renta anual sea inferior a 5.635 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y las que, de no estar obligadas a presentar dicha declaración, perciban una renta anual inferior a 11.200 euros.

Los siguientes colectivos a los que se eximirá del copago farmacéutico son los menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y las familias perceptoras de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento permanente o guarda con fines de adopción.

Actualmente, ya estaban exentas del copago las personas afectadas por síndrome tóxico y con discapacidad, las perceptoras de rentas de integración social y de pensiones no contributivas, las personas con tratamientos derivados de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las que no tienen trabajo y han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo y las beneficiarias del ingreso mínimo vital, informa Europa Press.