Piden 3 años de cárcel para la directora y dos monitoras de una granja-escuela de Soto del Barco por la muerte de un niño
ASTURIAS
Se enfrentan a un delito de homicidio por imprudencia grave profesional tras el fallecimiento del pequeño, de 5 años, que se ahogó en la piscina pese a que sus padres habían advertido de que tenía pánico al agua
12 mar 2021 . Actualizado a las 11:10 h.El Juzgado de lo Penal 2 de Avilés acogerá a partir del próximo lunes la vista oral contra la directora y dos monitoras de una granja-escuela ubicada en Soto del Barco por un delito de homicidio por imprudencia grave profesional por la muerte de un niño de cinco años que se ahogó en la piscina del centro en 2017.
La Fiscalía solicita una pena individual de 3 años y 6 meses de prisión para la directora y las dos monitoras de la granja-escuela Palacio de La Bouza, así como su inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, cargo u oficio durante cuatro años.
Además, pide que indemnicen a los padres del menor, que sufrieron una reacción mixta de ansiedad y depresión, con 250.000 euros por daños morales, más 10.800 euros a cada uno de ellos por las lesiones y 6.000 a cada uno por las secuelas, de las que respondería como responsable civil directa la entidad propietaria de las instalaciones.
Según el relato fiscal, los padres del menor visitaron el centro el 12 de julio de 2017 y le inscribieron en las colonias de verano, pero al comprobar que había una piscina advirtieron a la directora «de forma clara, rotunda y concreta» que su hijo tenía «pánico al agua».
La directora los tranquilizó, pero no adoptó ningún tipo de medida y, según la acusación, no advirtió a las monitoras, una de ellas en prácticas, que el menor tenía un trauma con el agua ni les exigió que extremaran el cuidado y vigilancia, incluyendo al pequeño en un grupo con 17 niños para realizar la actividad.
De esta forma, según la Fiscalía, se incumplió la normativa que regula las actividades juveniles de aire libre en Asturias, donde es necesario un monitor de tiempo libre por cada diez participantes, así como que los monitores en prácticas no cuentan a efectos del cálculo de la ratio entre monitores y participantes.
La Fiscalía sostiene que la directora tampoco ordenó la señalización de la profundidad de la piscina, tanto máxima de 180 centímetros como mínima de casi 130 centímetros, cuando el menor medía 120, ni contrató a un socorrista para la piscina que carecía de licencia de apertura, ni solicitó tampoco autorización al Instituto Asturiano de la Juventud para el desarrollo de actividades de aire libre.
A todo ello se unía que la entidad responsable de la instalación no tenía concertado seguro de responsabilidad civil.
Pese a todas estas irregularidades, la secretaria del centro inscribió al menor e incluyó una nota en el apartado de recomendaciones donde reflejaba: «Pánico al agua, cuidado en piscina».
En su escrito, la Fiscalía advierte que el menor mostraba su miedo negándose a ponerse el bañador y, una vez en la piscina, sus incursiones al agua se limitaban a entrar y salir de forma casi inmediata.
Las dos monitoras, que tenían a su cargo a menores, de 5 a 9 años, también fueron advertidas del miedo al agua del pequeño, lo que no impidió que realizara la actividad de piscina hasta el 25 de julio de 2017, día en que se produjo el ahogamiento.
Según detalla la Fiscalía, el menor se encontraba en la piscina con otros niños mientras las acusadas se sentaron en unas hamacas en el punto más alejado del vaso infantil, «sin extremar cautela».
Fue una de las menores que jugaba a bucear en la piscina de vaso grande, en la parte con más profundidad, cuando observó que el pequeño se encontraba en el fondo y pegado al suelo, por lo que lo subió a la superficie, hasta el bordillo de la piscina, pidiendo ayuda, alertando así a las monitoras acusadas.
Una vez que lo sacaron al exterior, las acusadas procedieron a realizarle técnicas de reanimación sin resultado alguno, informa Efe.