Una asturiana cobrará una pensión vitalicia por sufrir distimia

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Imagen de los juzgados de Oviedo
Imagen de los juzgados de Oviedo E.P.

Un juez le reconoce el derecho a percibir 1.749 euros mensuales, el 75% de su base reguladora, por padecer un trastorno que le impide relacionarse, algo esencial en su desempeño laboral

27 abr 2021 . Actualizado a las 13:47 h.

Un juzgado de Oviedo ha reconocido a una trabajadora asturiana la incapacidad permanente total para ejercer la profesión de coordinadora-formadora debido a la distimia que padece, un trastorno depresivo persistente desencadenado a raíz de la colitis ulcerosa crónica que sufre desde hace once años.

El titular del Juzgado de lo Social 6 de Oviedo ha estimado así la demanda que, con carácter subsidiario, la trabajadora interpuso frente al Instituto Nacional y la Tesorería de la Seguridad Social. La demandante trabajaba en una empresa de fabricación de artículos domésticos, aunque actualmente se encontraba en el desempleo, y fue diagnosticada de una distimia, un trastorno depresivo recurrente que, a diferencia de la depresión, no mejora con antidepresivos y se cronifica.

Además, esta enfermedad limita la capacidad de relacionarse y comunicarse lo que, en el caso de la demandante, resultaba esencial para su desempeño laboral. La trabajadora sufrió una colitis en el año 2010, corticodependiente con episodios de diarreas y de agudización de la dolencia, por la que tuvo ingresos hospitalarios recurrentes y de la que fue intervenida quirúrgicamente en los años 2012, 2013 y 2019. Sin embargo, los tratamientos a los que se sometió fracasaron, no pudo reincorporarse al trabajo, agotó las prestaciones por desempleo y actualmente sólo percibía el subsidio para mayores de 52 años.

Ante esta situación, la mujer recurrió al asesoramiento del despacho de abogados Velázquez & Villa que instó el procedimiento para que se reconociera que su distimia le incapacita en relación con las exigencias de la actividad profesional de coordinadora-formadora, ante las exigencias de tipo intelectual, de relación o de contacto permanente con terceras personas y de comunicación.

El juez reconoce en la sentencia que la demandante tiene diagnosticado un trastorno depresivo recurrente calificado como distímico que conlleva la persistencia de la patología depresiva durante largo tiempo y está asociado inicialmente a la patología digestiva que fue la que motivó la de tipo psiquiátrico y la posterior pérdida del trabajo. Ante el médico evaluador, la demandante presentaba además somatizaciones con trasfondo distímico con estresantes vitales persistentes a tratamiento con psicofármacos y psicoterapia.

Además, pese a los once años de tratamiento que lleva y la persistencia de la patología digestiva que se mantiene, aunque esté controlada, determina, según consta en la sentencia, una limitación «relevante» para desempeñar su profesión de coordinadora-formadora, no sólo por su trabajo sino también por los desplazamientos habituales que debería realizar y que no serían compatibles con la medicación psiquiátrica.

Por ello, el juez declara el derecho de la trabajadora a percibir una pensión vitalicia del 75% de su base reguladora de 1.749 euros mensuales y condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social a abonar esta prestación desde el 19 de junio de 2020. La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), informa Efe.