Asturias podrá abrir el ocio nocturno hasta las tres de la madrugada

L.O.

ASTURIAS

Interior de la mítica discoteca La Real, uno de los grandes lugares de culto de la noche ovetense
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El Interterritorial de Salud aprueba sin unanimidad unas pautas comunes hasta que se alcance el 70% de población inmunizada

02 jun 2021 . Actualizado a las 22:08 h.

Ahora mismo el ocio nocturno en Asturias puede abrir hasta la una de la madrugada, y tras el Consejo Interterritorial de Salud celebrado este miércoles, los horarios podrían ampliarse hasta las dos, e incluso hasta las tres de la madrugada mientras la situación epidemiológica de la comunidad «se encuentre fuera de los niveles de riesgo, o bien estén en los niveles de alerta 1», según explicó el consejero asturiano, Pablo Fernández, al término de la cita con sus homólogos de otras comunidades y la ministra de Sanidad, Carolina Darias.

El consejero asturiano no declaró de forma expresa que se vaya a ampliar esta apertura pero sí que se extiende la posibilidad y Asturias, de momento, cumpliría los requisitos. Estas normativa común, que abre la puerta a que se pueda servir en barra en la hostelería e incluso, con el acuerdo de las autoridades locales, regular «eventos de actividades multitudinarias»; fue propuesta por el Ministerio (con la oposición de varias comunidades) para estar vigente hasta que se alcanza el 70% de la población con una pauta completa de vacunación.

Según citó la agencia Efe, la propuesta enviada a las autonomías por el departamento de Carolina Darias no ha alcanzado el respaldo de todas, ya que algunas como Madrid y Andalucía se han opuesto, mientras que Castilla y León se ha abstenido.

En la rueda de prensa posterior al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, la ministra ha recordado que las declaraciones de actuaciones coordinadas son de obligado cumplimiento para todas, por lo que ha hecho un llamamiento a las comunidades a seguirlas.

Madrid, sin embargo, ya ha anunciado que piensa seguir aplicando las medidas contempladas en la normativa autonómica regional. La Junta de Andalucía ha pedido que estas medidas aprobadas sin consenso sean solo «recomendaciones».

En el documento aprobado en el Consejo Interterritorial, se establece cerrar los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, a las 01.00 horas y prohibir fumar en espacios al aire libre siempre y cuando no se mantengan los dos metros de distancia.

En concreto, en relación a la hostelería, se señala que en los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo permitido será de 50 por ciento en interior pudiéndose incrementar en un 10 por ciento si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.

En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas. Además, se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada, y las mesas tendrán un límite de 6 personas en interior y de 10 en exterior.

En los niveles de alerta 1 a 4 se seguirá lo establecido en el documento de Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

La apertura de los locales de ocio nocturno se podrá autorizar cuando la situación epidemiológica de la unidad territorial de referencia para el control de la COVID-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté fuera de los niveles de riesgo o en nivel de alerta 1 de acuerdo al documento Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, citó Europa Press.

En ambos escenarios se seguirán las recomendaciones que se proponen para el nivel de alerta 1 en dicho documento como, por ejemplo, que el consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas.

Tampoco se podrá superar el 50 por ciento de aforo máximo en el interior del local, si bien las terrazas al aire libre de estos establecimientos podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre mesas antes mencionada.

El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 3.00 horas. No obstante, cuando la unidad territorial de referencia para el control de la COVID-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté en nivel de alerta 2, siempre y cuando los indicadores complementarios para la estimación del nivel de alerta presenten una evolución favorable, la comunidad autónoma podrá valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el documento Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19.

Otras medidas contempladas en el documento aprobado pasan por realizar la quinta ronda del Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID, tras alcanzar el objetivo de cobertura de vacunación del 70 por ciento de la población y, en todo caso, antes de que finalice el año 2021.