La Audiencia sobresee la querella de IU contra dos exalcaldes de Teverga

La Voz OVIEDO

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Palacio de Valdecarzana
Palacio de Valdecarzana

El auto, que es firme, recoge que no existen indicios de actuación delictiva ni resoluciones injustas o arbitrarias de la gravedad que requiere el tipo penal «ni por acción ni por omisión»

17 jun 2021 . Actualizado a las 10:47 h.

La Audiencia Provincial de Oviedo ha confirmado el sobreseimiento de la querella interpuesta por el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Teverga, de IU, contra los exalcaldes socialistas Belarmino Álvarez Arias y María del Carmen Fernández Alonso por los delitos de fraude, malversación, abuso de funciones y prevaricación que les imputaba por la adquisición del Palacio de Valdecarzana con fondos mineros.

Los magistrados de la Sección Segunda han desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Teverga contra el auto del Juzgado de Instrucción número 2 de Grado que, el 18 de febrero de 2020, sobreseyó provisionalmente las diligencias abiertas contra los exalcaldes al considerar que su actuación no constituía actividad delictiva alguna. En un auto, que es firme, la Audiencia comparte el criterio de la jueza instructora al estimar que no existen indicios de actuación delictiva, ni resoluciones injustas o arbitrarias de la gravedad que requiere el tipo penal, «ni por acción ni por omisión».

La querella hacía referencia a la etapa en que siendo alcaldesa María del Carmen Fernández se abrió un expediente de expropiación forzosa para adquirir el Palacio de Valdecarzana en el marco de un convenio de colaboración, suscrito el 20 de noviembre de 2006, entre el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras y la Consejería de Economía del Principado. Para su adquisición se estableció una subvención de un millón de euros, pero estaba subordinada a que la compra se realizara antes del 31 de diciembre de 2009, por lo que sobrepasada esa fecha, no hubo ni subvención ni expropiación.

El pleno municipal celebrado el 2 de julio de 2010 aprobó la adquisición del Palacio por un millón de euros, importe que no fue abonado a la parte vendedora que la reclamó judicialmente. Sin embargo, la Audiencia descarta un uso ilegítimo de fondos públicos y en el auto advierte de que en todo momento se obró en la creencia de que la subvención destinada al pago de la adquisición iba a llegar «a la disponibilidad del ayuntamiento».

La Audiencia también rechaza que haya existido una actuación fraudulenta como consecuencia de un concierto previo con terceros que se suponía que se refería a las empresas destinadas a la gestión inmobiliaria, dirigido a defraudar a un ente público, ni menos aún un uso indebido de las funciones de su cargo por parte de los querellados. Los magistrados resaltan en el auto que es «ciertamente sorprendente» que se haya imputado al exalcalde Belarmino Álvarez Arias, al haber transcurrido un «tiempo considerable» desde su cese hasta el 23 de junio de 2017 cuando su sucesora instó la revisión de oficio del acuerdo municipal expropiatorio.

Tras conocerse el auto, el PSOE de Teverga ha emitido un comunicado donde subraya que la intención del gobierno de IU era «atacar» a su partido con una querella penal «totalmente manipulada» y con acusaciones falsas. Los socialistas recuerdan que la adquisición del Palacio de Valdecarzana y 3,6 hectáreas de terreno colindante fue un proyecto de Fondos Mineros a financiar íntegramente y supeditado a la recepción efectiva de un millón de euros procedente de los fondos, que no llegaron al consistorio y no suponían coste alguno ni para el ayuntamiento, ni para los vecinos, como refleja el auto de la Audiencia contra el que no cabe interponer recurso alguno, informa EFE.