Sigue el criterio de la Fiscalía que no apreciaba delito en las actuaciones de sus gestores
25 jun 2021 . Actualizado a las 17:21 h.El Juzgado de Instrucción número 4 de Oviedo ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas incoadas por los delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental presuntamente cometidos en la gestión de la sociedad pública Gestión de Infraestructuras Públicas de Telecomunicaciones (GITPA).
En un auto, la magistrada-jueza considera que no ha quedado acreditada la concurrencia de los presupuestos de la comisión de los delitos imputados, sin perjuicio de las posibles responsabilidades administrativas y contables a que pudiera haber lugar.
El juzgado sigue así el criterio de la Fiscalía que el pasado 15 de junio presentó un informe donde advertía que no quedaba debidamente justificado que los ex directores generales de GITPA Juan Manuel Rodríguez Bañuelos y Eduardo González cometieran los delitos imputados.
Gitpa fue objeto de investigaciones judiciales por presuntas irregularidades en la facturación al Principado de sobrecostes en las obras ejecutadas en la extensión de la red troncal de cable de occidente que se le encomendó para extender la fibra óptica.
El Parlamento había creado una comisión de investigación sobre la empresa pública de telecomunicaciones -PP, Podemos y Ciudadanos- para depurar posibles responsabilidades políticas y el juzgado reclamó a la Junta General del Principado que acreditase las pruebas de las presuntas irregularidades que posteriormente se trasladaron a la Fiscalía.
La jueza concluye que no hubo prevaricación por la alteración del contenido de los pliegos de cláusulas administrativas al introducir la limitación a quince años de los derechos de uso de la infraestructura construida.
Entre otras pruebas, se basa en las declaraciones de Rodríguez Bañuelos y González Bayod que aseguraron que desde 2009 se sabía las condiciones económicas y limitaciones temporales relativas a los derechos de paso o de uso que se tenían que acordar con FEVE.
Según su testimonio, los responsables del Principado no realizaron observación contraria a tales acuerdos ni solicitaron informe a los servicios jurídicos sobre su viabilidad jurídica.
En consecuencia, según la jueza, la Consejería encargada de la infraestructura era conocedora de esa situación «con anterioridad al encargo de gestión a Gitpa» asumiendo la necesidad de llegar al acuerdo con FEVE sobre los pagos y condiciones por derecho de uso o paso para ejecución y utilización de troncales, aunque no se hubiera recogido expresamente.
Por tanto, a su juicio, no concurrió alteración de las condiciones de la encomienda en contra de la administración autonómica, ajustándose en todo caso el acuerdo de abonar un pago por los derechos de paso u ocupación del dominio público ferroviario otorgados por tiempo indefinido, a lo dispuesto legalmente.
Respecto del delito de malversación, la jueza estima que Gitpa no facturó al Principado más cantidad del importe total de la encomienda.
En concreto, a tenor del informe del perito judicial concluye que existió un sobrecoste en la obra, «entrando en lo aceptable y adaptado al mercado» siendo la valoración de la obra ejecutada inferior a lo facturado por Comfinca a Gitpa y a lo facturado por ésta al Principado de Asturias.
En consecuencia, sólo advierte una discrepancia sobre la interpretación de la forma en que debía realizarse la facturación y la corrección respecto de la inclusión o valoración de las partidas certificadas y posibles sobrecostes derivados, lo que en su opinión constituye «una cuestión administrativa».
La jueza tampoco aprecia la existencia de un delito de falsedad documental sobre las certificaciones de obra, al entender que no difieren apenas las cuantías y constan firmadas por el director de obra y por tanto aprobadas por el servicio y la corrección de las partidas certificadas y sus posibles errores constituyen igualmente una cuestión administrativa.
El auto no es firme y contra el mismo cabe interponer un recurso de reforma y/o apelación; informó EFE.