El hombre ha sido condenado a 11 años de cárcel por abusar de la menor
08 jul 2021 . Actualizado a las 16:52 h.El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado la pena de once años y dos días de prisión y libertad vigilada durante cinco años para un militar profesional de 40 años por dos delitos continuados de abuso sexual sobre su hijastra desde que ésta tenía once años, a la que no podrá acercarse a menos de 300 metros, ni comunicarse durante diez años y a la que indemnizará con 18.000 euros.
La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado A.M.E. contra la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial que el pasado 6 de abril le condenó por dos delitos continuados de abuso y absolvió a la madre de la menor del delito continuado de abuso que le imputaba la Fiscalía.
Los hechos ocurrieron entre los años 2009 y 2016, en los domicilios donde el acusado vivía con su mujer, la víctima y otros tres hijos, en las provincias de León y Asturias.
La Audiencia declaró probado que en una ocasión el acusado entró, sobre las seis de la mañana, en el dormitorio que la menor, de 11 años, compartía con uno de sus hermanos, se deslizó en la litera en la que descansaba y, tras tocarle levemente en el hombro, y en la creencia de que estaba dormida, le tocó los pechos y los glúteos.
A partir de ese momento se reiteraron este tipo de comportamientos, de forma que, en un número indeterminado de ocasiones, él entraba a primera hora de la mañana en la habitación de la menor y, sin su consentimiento, le efectuaba tocamientos, por encima y por debajo de la ropa, en los pechos y los genitales.
La menor se quedaba bloqueada y fingía en todas las ocasiones que seguía dormida, aunque intentaba taparse las zonas íntimas con los brazos o con la almohada, se giraba hacia la pared para dificultar que el acusado pudiera efectuar los tocamientos y se movía para que éste creyera que estaba despertándose y cesara en su comportamiento.
Los magistrados señalan en la sentencia que estos tocamientos cesaron cuando la madre y sus hijos dejaron de convivir con el acusado.
Pero en 2014, se reanudó la convivencia y de nuevo el acusado volvió a abusar de la menor cuando ésta tenía 15 años y se habían trasladado a vivir a Asturias.
El acusado cesó en su actitud el 22 de enero de 2016, cuando la víctima, que actualmente tiene 23 años, relató los hechos a la jefa de estudios, la orientadora y la directora del instituto.
La Audiencia sostiene que el acusado se vio favorecido para ejecutar sus actos por el rol de padrastro que ejercía sobre la menor, sumado a la diferencia de edad, la convivencia familiar y que el lugar de ejecución de los hechos fuera el domicilio común.
El TSJA ha confirmado la sentencia íntegramente al sostener que la declaración de la víctima fue veraz y causó en el tribunal de instancia una honda impresión de sinceridad, sin apreciar atisbo alguno de fabulación o manipulación y sí, por el contrario, «una aflicción y angustia sinceras».
La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).