Aprobada la ley que reducirá la burocracia administrativa en Asturias

La Voz REDACCION

ASTURIAS

El consejero de Administración Autonómica y vicepresidente del Gobierno, Juan Cofiño
El consejero de Administración Autonómica y vicepresidente del Gobierno, Juan Cofiño J.L.Cereijido | EFE

La norma simplifica procedimientos y agiliza el ejercicio o puesta en marcha de actividades económicas

04 ago 2021 . Actualizado a las 13:41 h.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un proyecto de ley que modificará varias normativas autonómicas con el objetivo de simplificar los procedimientos burocráticos de la administración y de agilizar el ejercicio o la puesta en marcha de actividades económicas, así como la tramitación de los fondos europeos que lleguen a Asturias para combatir la crisis provocada por la pandemia.

La norma reducirá o eliminará trabas administrativas y mejorará la eficiencia de procedimientos, fundamentalmente en sectores con incidencia significativa en la economía (ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y patrimonio cultural) y suprimirá también algunos trámites de cara a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Entre ellas figuran la incorporación de los remanentes de crédito resultantes a fin de ejercicio que correspondan a créditos financiados a través de fondos procedentes de ese plan; el incremento hasta un millón de la cuantía de los gastos cuya aprobación corresponde a las consejerías, en lugar de al Consejo de Gobierno; la limitación de requisitos para la tramitación anticipada de expedientes de gasto o la flexibilización del calendario de cierre del ejercicio presupuestario.

Según ha señalado en rueda de prensa el vicepresidente del Gobierno, Juan Manuel Cofiño, la normativa, para la que ahora se pedirá la tramitación de urgencia en la Junta General y que entre en vigor antes de la llegada de fondos europeos, tiene «un alcance muy importante» para «mejorar y agilizar» los trámites y los plazos de las gestiones de ciudadanos y empresarios ante la administración.

Así, el vicepresidente, que ha avanzado además que en diciembre se remitirá a la Junta la ley de Empleo Público para avanzar en la anunciada reforma de la administración pública, ha señalado que la normativa aprobada hoy permitirá rebajar «la prolija y densa» tramitación de muchos procesos y que, en el caso casos, posibilitará que se reduzcan hasta el 85% de los procedimientos de concesión de determinadas licencias por parte de las administraciones local o autonómica.

Medio ambiente y urbanismo

En el ámbito del medio ambiente, el anteproyecto suprime las evaluaciones preliminares de impacto ambiental exigidas por la Ley de Protección de Espacios Naturales -un trámite «inútil y perverso» a cargo de la administración autonómica, según Cofiño- por considerar que la legislación básica estatal también asegura la protección en estos espacios.

Además, define cuándo se entenderá que un proyecto puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente, principalmente mediante cálculo porcentual, una medida que, según el Gobierno, eliminará consultas a la administración, al tiempo que reducirá costes y cargas administrativas.

Respecto a la evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de ordenación del territorio, además de acortar los plazos de consulta de administraciones e interesados, se determinan los que habrán de someterse a una ordinaria o a una simplificada de forma que los estudios de detalle que desarrollen planes generales y hayan sido objeto de evaluación ambiental no precisarán tramitar otra.

En 2019 se gestionaron en torno a 60 procedimientos de evaluación ambiental de planes y programas, 100 de evaluación preliminar de impacto ambiental y 200 de otro tipo como consultas de ciudadanos promotores y de departamentos de la administración que solicitan manifestación de criterio o aclaración sobre supuestos o expedientes concretos, una cifra que se prevé reducir en gran medida mientras que aquellos que se sigan haciendo tendrán menor duración.

En lo relativo al urbanismo, la nueva ley se basa en reducir y simultanear trámites de manera que los informes sectoriales (patrimonio cultural, comercio, movilidad y carreteras) preceptivos en la tramitación del planeamiento general se solicitarán en un único trámite ante la consejería competente en ordenación del territorio, que emitirá un informe único en un plazo de tres meses.

Actualmente, el plazo medio de tramitación de los planes generales de ordenación en los concejos que se han adaptado a la vigente Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo se sitúa en torno a 6 años y supera los 15 en aquellos que se encuentran ahora en proceso de adaptación, unos plazos que se acortarían beneficiando en la actualidad a al menos 29 expedientes de revisión.

El texto incorpora la declaración responsable para obras menores y suprime la licencia previa de instalación y funcionamiento en diversas actividades comerciales y de servicios de forma que, con la declaración responsable, se podrán ejecutar proyectos como instalar placas solares térmicas o fotovoltaicas para autoconsumo, renovar instalaciones en las construcciones, movimientos de tierras no significativos o cierres de fincas, siempre que no colinden con suelo de dominio público.

Tampoco será exigible licencia o autorización previa para obras ligadas al acondicionamiento de locales destinados a actividad comercial, siempre que no requieran de la redacción de un proyecto de obra, ni en los cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios.

En este ámbito, la gestión administrativa afectada se centra en los ayuntamientos y comprendería un volumen de procedimientos que suma 10.000 solicitudes de licencias anuales de las que cerca del 15 % corresponderían a actuaciones que seguirían estando sometidas a licencia urbanística y el 85 % restante podrían solventarse mediante una declaración responsable.

Patrimonio cultural

En patrimonio cultural, la futura norma busca evitar el trámite de autorización previa de Patrimonio Cultural en determinados procedimientos urbanísticos de licencia de obras en entornos de protección de bienes de interés cultural (BIC) y en conjuntos históricos sin plan especial de protección.

Además, pretende acelerar la tramitación de procedimientos municipales de declaración de elementos en ruina, que serán preceptivos únicamente cuando se trate de BIC y bienes del Inventario de Patrimonio Cultural y en un catálogo urbanístico de protección con nivel integral.

Así, los bienes declarados en ruina con protección parcial y ambiental no necesitarían el informe de Patrimonio Cultural y se contempla además evitar el trámite de autorización previa en obras de conservación y mantenimiento de determinados elementos como hórreos y paneras para evitar el posible deterioro durante la espera entre la solicitud de licencia de obras y su concesión.

La media anual de procedimientos es de 21 autorizaciones en monumentos, 88 en conjuntos históricos, 119 en entornos de protección, 49 en inmuebles incluidos en el inventario y 119 en bienes incluidos en un catálogo urbanístico con protección integral y, en relación con la solicitud de informe en un procedimiento municipal de declaración de la situación legal de ruina, 69 procedimientos en bienes declarados BIC y 16 en otros con protección parcial y ambiental, informa Efe.