Cuatro concejos tendrán limitadas las reuniones en exteriores otros 14 días más

La Voz REDACCION

ASTURIAS

Palacio de Camposagrado, sede del TSJA
Palacio de Camposagrado, sede del TSJA

El TSJA ha autorizado hoy la prolongación de esta medida que no se aplicará ni en Oviedo ni en Siero al mejorar la evolución de la pandemia

13 ago 2021 . Actualizado a las 16:59 h.

El Principado prorroga la limitación de encuentros en espacios de uso público en Carreño, Gozón, Gijón y Villaviciosa a un máximo de diez personas no convivientes, excepto visitas guiadas y otros eventos regulados en la resolución de la Consejería de Salud del 10 de junio.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha avalado hoy esta medida, solicitada el miércoles por el Gobierno de Asturias, inicialmente, para los cuatro municipios mencionados además de Oviedo y Siero. No obstante, el listado de concejos presentado al tribunal era provisional, a expensas de los datos de incidencia registrados hasta hoy, cuando se ha confirmado la positiva evolución de Oviedo y Siero.

Por tanto, la limitación de reuniones en espacios de uso público decaerá el próximo lunes, día 16, a las 00.00 horas, en Oviedo, Siero, Laviana y Mieres, cuatro de los ocho concejos en los que está vigente ahora.

Por su parte, en Carreño, Gozón, Gijón y Villaviciosa se prolongará, a partir de ese momento, durante 14 días naturales. En estos últimos municipios, Salud recomienda también que las reuniones sociales y familiares en domicilios y recintos privados no excedan de 6 personas, excepto si se trata de convivientes o de dos grupos de convivencia como máximo.

El objetivo prioritario de esta medida es contener la circulación del virus, y, por lo tanto, evitar contagios, ingresos y muertes por covid-19. En concreto, se pretende lograr un descenso más acusado del número de casos, especialmente entre el grupo de población más joven, con el fin de frenar el trasvase a las personas mayores, más vulnerables.

Asturias se mantiene en nivel de alerta 2 por coronavirus, según los criterios del Ministerio de Sanidad. Las medidas de protección en vigor son las siguientes:

  • Uso correcto y obligatorio de la mascarilla en mayores de 6 años en interiores o cuando la distancia interpersonal sea inferior a 1,5 metros en exteriores
  • Evitar espacios cerrados y con mala ventilación
  • Higiene y lavado de manos
  • Ventilación de espacios interiores
  • Cierre del interior del ocio nocturno
  • Prohibición del consumo en barra en hostelería y un máximo de 6 personas por mesa en interiores
  • Prohibición de venta de alcohol en horario nocturno en gasolineras y comercios minoristas
  • Prohibición de botellones y consumo de alcohol en vías y espacios públicos
  • Prohibición de fumar en terrazas
  • Se prevé cierre preventivo de establecimientos públicos en caso de brote

El auto dictado por la Sala de Vacaciones del TSJA, que previamente había rechazado la aplicación del toque de queda nocturno en los concejos en riesgo extremo, señala que la solicitud del Gobierno, a la vista de los datos aportados, cumple los pilares esenciales que permiten la prórroga a la restricción al derecho fundamental de reunión ya autorizado por el mismo tribunal, según han informado desde este órgano a Efe.

Según el alto tribunal, el juicio de proporcionalidad se supera dado que la limitación acordada permite mantener la interacción social en cuanto se cifra en 10 personas no convivientes, se circunscribe a espacios públicos y excluye otros eventos colectivos sujetos a otras prescripciones y no tiene carácter general en toda la comunidad autónoma sino que aparece estrictamente relacionada con los ámbitos territoriales de mayor incidencia de contagios.

A ello se añade, según el TSJA, que la medida tiene un mínimo impacto económico sobre el consumo y el PIB y que impone una restricción muy limitada «que no se encuentra basada solo en criterios de prudencia o precaución sino en datos de efectiva transmisión por contagio», así como que dicha medida, en combinación con otras, coadyuva a la reducción de la transmisión por lo que se considera «indispensable y proporcionada».