El Gobierno lleva al Constitucional las deducciones del IRPF por ayudas covid de Asturias

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Sede del Tribunal Constitucional
Sede del Tribunal Constitucional

El Ejecutivo asturiano defenderá la legalidad de esta medida al considerar que está amparada por la normativa vigente

28 sep 2021 . Actualizado a las 20:53 h.

El Consejo de Ministros llevará al Tribunal Constitucional (TC) el artículo de la Ley de Presupuestos del Principado de 2021, que introduce una deducción a los contribuyentes en la base imponible del IRPF de las ayudas de la administración autonómica para paliar el impacto del Covid-19 sobre los sectores especialmente afectados por la pandemia.

Según ha informado el Ejecutivo central, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, y al no alcanzarse un acuerdo en la Comisión Bilateral, se invoca el artículo 161.2 de la Constitución Española para la suspensión del citado precepto. El recurso se fundamenta en la regulación estatal del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común que establece el alcance de las competencias normativas de las comunidades autónomas en materia de deducciones en la cuota íntegra autonómica del IRPF.

Según el Gobierno, las deducciones por obtener subvenciones o ayudas para paliar el impacto de la Covid-19 sobre sectores especialmente afectados exceden las competencias normativas autonómicas ya que se exceptúan las que afectan al desarrollo de actividades económicas.

A juicio del Ejecutivo central, la autonomía financiera de las autonomías debe desenvolverse en el marco constitucional y los impuestos cedidos son impuestos estatales, «de manera que la regulación autonómica sobre estos debe limitarse a las competencias cedidas y sobre el alcance de la cesión».

Tras conocer esta decisión, el Gobierno asturiano ha anunciado a través de un comunicado que defenderá la legalidad de esta medida, al considerar que está amparada por la normativa vigente. Según el Principado, la deducción aplicada en Asturias no se vincula al desarrollo de actividades económicas tal y como expone la Administración central dado que se dirige a contribuyentes que no pudieron desarrollar actividades económicas como consecuencia de las limitaciones impuestas por la pandemia del coronavirus.

Así, incide en que no se trata de fomentar o favorecer el desarrollo de actividades económicas «sino de paliar la pérdida de ingresos de ciudadanos especialmente afectados por la crisis» y subraya que esta medida se puso en marcha con la finalidad de favorecer al contribuyente, de manera excepcional y vinculada a la pandemia, informa Efe.