Podemos aceptaría la mayoría reforzada que pide Foro para la oficialidad

La Voz REDACCIÓN

ASTURIAS

El portavoz de Podemos Asturias, Daniel Ripa
El portavoz de Podemos Asturias, Daniel Ripa JL Cereijido

Los morados aceptan la propuesta si incluye una disposición transitoria que garantice derechos de uso hasta que se apruebe la ley

11 dic 2021 . Actualizado a las 12:36 h.

La formación Podemos Asturies se muestra dispuesta a aceptar la mayoría reforzada de 3/5 de la Junta General para la ley de desarrollo de la cooficialidad del asturiano, como propone Foro Asturias, si se incluye una disposición transitoria en la reforma del Estatuto de Autonomía que garantice derechos de uso hasta que se apruebe dicha ley, en línea con las conclusiones del informe del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo Miguel Presno Linera. Esta sería la postura del partido morado si no se logra acordar otra mayoría con Foro y las demás formaciones dispuestas a abordar la reforma estatutaria, PSOE e Izquierda Unida.

Así lo han dicho en declaraciones a los medios los dirigentes de Podemos Daniel Ripa y Cristina Tuero tras dar a conocer el informe jurídico de Presno titulado  «Sobre la exigencia -y eventuales consecuencias- de una mayoría de tres quintos para la aprobación de la ley de desarrollo de la cooficialidad lingüística en Asturias». Ripa y Tuero han avanzado que remitirán dicho informe tanto a Foro como a la Federación Socialista Asturiana (FSA-PSOE) e IU para tratar de avanzar en las negociaciones sobre la reforma del Estatuto, incluida la cooficialidad del asturiano. Asimismo, ambos han incidido en que esa mayoría de 3/5 que pide Foro resulta «constitucional pero anómala»y puede implicar la «judicialización» del procedimiento de desarrollo de la cooficialidad, por lo que apuestan por la fórmula de una disposición transitoria en el Estatuto, en caso de que Foro mantenga su exigencia, para «evitar una paralización» en la implementación de la cooficialidad.

CONCLUSIONES DEL INFORME

El catedrático Miguel Presno apunta en las conclusiones de su informe que  «hasta la fecha la exigencia de una mayoría de tres quintos es una excepción dentro de las excepciones a la mayoría simple y se ha reservado, además de para una de las reformas estatutarias, para el nombramiento de determinados cargos».

 «La mayoría absoluta se ha previsto, entre otras cosas, para la elección del presidente de la Comunidad y del de la Junta General en primera votación, la aprobación del sistema electoral, del Reglamento de la Junta y de la Ley del Gobierno o para que prospere una moción de censura, la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra una ley estatal o la de una iniciativa autonómica de reforma constitucional», indica.

Asimismo, expone que «caben mayorías más cualificadas que la simple pero con carácter excepcional y para la consecución de un mayor acuerdo, para proteger a las minorías o si hay otro 'objeto razonable' y, dentro de esa gradación de mayor exigencia, tendría que entenderse especialmente 'razonable' exigir tres quintos y no mayoría absoluta».

Según el informe de Presno,  «una mayoría más agravada que la simple permite que se incremente el número de sujetos sometidos a una norma que participan en la aprobación de la misma y favorece la integración de las minorías; como contrapartida, esa mayoría agravada puede propiciar el bloqueo de decisiones con amplio respaldo político y social pero que no convencen a las minorías, cuya capacidad de influencia será mayor cuanto mayor sea, valgan las redundancias, la mayoría requerida».

 «En todo caso, la introducción de la mayoría de tres quintos como condición para la futura aprobación de la Ley de cooficialidad lingüística no implicaría una infracción del ordenamiento constitucional», confirma. Del mismo modo, Presno explica que  «la declaración de cooficialidad del asturiano y el gallego-asturiano en el Estatuto de Autonomía para Asturias generaría el derecho a poder dirigirse a cualquiera de las Administraciones Públicas en esas lenguas y a hacerlo en términos de igualdad con el castellano».

 «La exigencia de que la ley de cooficialidad sea respaldada por una mayoría especialmente cualificada de tres quintos puede dificultar su aprobación y, en consecuencia, su plena efectividad práctica, lo que no es descartable que acabe generando una judicialización del proceso para que sean los juzgados y tribunales los que, en lugar del legislador autonómico llamado a hacerlo, garanticen la eficacia de la declaración estatutaria», advierte. Al respecto, el catedrático de Derecho Constitucional plantea que  «para, en su caso, tratar de evitar esta situación de interinidad y/o conflictividad jurisdiccional podría incluirse en la propia reforma del Estatuto de Autonomía para Asturias una disposición transitoria en la que, de alguna manera, se concretasen, mientras no se aprobara la ley de la cooficialidad, específicas facultades de la ciudadanía en orden al ejercicio de los derechos lingüísticos», informa Europa Press.