Un juzgado de Oviedo, el primero en considerar a un perro como «ser sintiente» para no separarlo de su cuidadora

La Voz REDACCIÓN

ASTURIAS

Foto de archivo de un perro raza Boston Terrier
Foto de archivo de un perro raza Boston Terrier

La jueza impide que la dueña actual lo entregue a su propietario anterior al valorar que se trata de un ser vivo con sentimientos. «Mi clienta y el perro son una familia», afirma la abogada

20 ene 2022 . Actualizado a las 17:36 h.

La nueva normativa por la que se deja de considerar a los animales bienes inmuebles para reconocerles su naturaleza de «seres sintientes» ya empieza a provocar los primeros efectos en los tribunales. La resolución pionera ha sido adoptada por un juzgado de Oviedo al aplicar la reforma del Código Civil que obliga a considerar a las mascotas seres con sensibilidad y no objetos.

El juzgado número 11 ha sido el primero de España en aplicar la nueva reforma del Código Civil, la llamada ley de Bienestar Animal, al dictar un auto que evita que un perro se separe de la que fue su cuidadora en los últimos cuatro años. La jueza impide que la dueña actual de un perro lo entregue a su propietario anterior al valorar que se trata de un ser vivo con sentimientos. «No estamos ante la entrega de una cosa sino de un animal. El eventual daño que se le pueda causar al animal por el cambio de entorno no puede ser enmendado ni compensado», afirma María Girona la abogada la abogada de la Asociación Apadevi. La dueña del animal acudió a ellos después de recibir la orden judicial de entregar su mascota a pesar de haberla cuidado durante los últimos años.  

El auto pretende poner solución provisional a una disputa entre dos amigos que comenzó hace cuatro años, cuando el dueño de un perro le pidió a su amiga que se lo cuidase porque se mudaba fuera del país. Dos años después, el primer propietario regresó y le pidió que le devolviese el perro. Ante la rotunda negativa, el asunto se resolvió, primero, por la vía penal. Tras un primer revés judicial, el primer propietario del animal abrió la vía civil, reclamando una acción reivindicatoria.

El caso se resolvió a finales del año pasado y le dio la razón al hombre en un fallo contra el que ya se ha interpuesto recurso ante la Audiencia Provincial de Oviedo. Al no tratarse de una sentencia firme, el primer propietario del perro solicitó un auto de ejecución y el juez le dio la razón, pero la segunda propietaria se opuso a esta ejecución, que es lo que ha resuelto este auto del Juzgado número 11, apoyándose en el nuevo artículo del Código Civil. «Mi clienta y el perro son una familia. Con esa decisión los dos van a sufrir. Por el momento estamos muy contentos porque puede sentar un importante precedente», argumenta Girona.

El escrito refleja las circunstancias. La jueza tiene en cuenta como hechos probados que el anterior dueño no ha tenido contacto con el perro en los últimos tres años. «su anterior dueño solo se preocupó los primeros meses del perro, fue mi clienta la que se ocupó del todos estos años dándole los cuidados que necesitaba», cuenta la abogada.

Si bien, este fallo aún tiene recorrido judicial. Ahora será la Audiencia Provincial quien termine de resolver el caso y decidir, finalmente, con quién se queda el perro. «Tenemos la esperanza de que también falle a nuestro favor y esto termine», afirma la abogada.

La ley de bienestar animal

Esta nueva ley entró en vigor el pasado 5 de enero. Representa una modificación del Código Civil con la intención de que este refleje un nuevo tratamiento legal que aleja a los animales de ser tratados como objetos para pasar a valorar circunstancias como los lazos que se establecen con los seres humanos. Uno de sus núcleos es precisamente el que valora aquí la magistrada de Oviedo, es decir, garantizar la protección del animal frente al sufrimiento de alejarlo de su hogar y de su vida compartida hasta ese momento.