Un juez de Oviedo reconoce a una trabajadora el derecho a cobrar el paro pese a haber estado meses en ERTE
ASTURIAS
Se trata de una sentencia pionera en Asturias y que «abre un horizonte demás derechos para los trabajadores ahora que está próxima la finalización de los ERTE»
02 feb 2022 . Actualizado a las 05:00 h.Un juez del Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo reconoce a una trabajadora el derecho a cobrar el paro pese haber estado durante meses suspendida su relación laboral con la empresa, debido a un expediente regulacional temporal de empleo (ERTE) por la pandemia del coronavirus. Una sentencia pionera en Asturias, puesto que «hasta ahora no se habían pronunciado los tribunales, a pesar de que los trabajadores en esta situación no tienen reconocidos en la resolución del SEPE ese periodo como cotizado a los efectos de la nueva prestación por desempleo», apunta su asesor Daniel Sánchez Díaz, graduado social que ejerce en el despacho de AD HOC servicios jurídicos de Gijón.
La trabajadora estuvo en ERTE en distintos periodos en el 2020 hasta el 31 de mayo de 2021 que fue despedida junto con el resto de la plantilla por causas económicas, según indica su asesor de todo el procedimiento judicial. Tras quedarse sin trabajo, la asturiana solicita la correspondiente prestación por desempleo en el Servicio Estatal Público de Empleo, dado que «esta persona cotiza en la empresa desde el año 2008».
Sin embargo para su sorpresa, «en la resolución no le tiene en cuenta las cotizaciones que se hacen a partir del 1 de octubre de 2020 hasta la fecha del despido, es decir el 31 de mayo de 2021», señala Daniel Sánchez Díaz, antes de especificar que «con las cotizaciones que van desde que entro en el ERTE hasta el 30 de septiembre de 2020 se hace un paréntesis y aunque no se tienen en cuenta para la generación del nuevo derecho tampoco se las quita a la hora de calcular el nuevo desempleo».
Ante esta situación, la trabajadora interpone una demanda para que «se tenga en cuenta todo el tiempo que está en ERTE como periodo efectivamente cotizado en la generación de nuevo derecho». Una petición que el juez del Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo respalda parcialmente al considerar que se deben tener en cuenta las cotizaciones desde que entra en ERTE hasta el día 31 de enero de 2021como generadoras de nuevo derecho. Así, la sentencia añade 60 días de derecho a la prestación inicialmente reconocida dado que la trabajadora estaba dada de alta en la empresa desde hace 13 años.
«La importancia radica en que el periodo en el que el trabajador está en ERTE-Covid se tiene como cotizado para la generación de prestación por desempleo hasta el 31 de enero de 2021», apunta el asesor, quien detalla que «este hecho tiene mucha influencia en trabajadores que no han cotizado por los seis años antes de entrar en ERTE-Covid, ya que así los meses que va a cobrar el desempleo aumentan sustancialmente».
No obstante, contra la resolución todavía se puede interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia. De ser así, la trabajadora y su asesor valoran la posibilidad de recurrir la sentencia «para solicitar que se tengan en cuenta todos los días del ERTE como cotizados». No obstante, «esto abre una vía a pedir que se reconozca el periodo en ERTE-Covid como generador de nuevo derecho de desempleo al menos hasta el 31 de enero de 2021. Abre un horizonte de más derechos para los trabajadores ahora que está próxima la finalización de los ERTES y que es previsible que aumenten los despidos por causas económicas dado que la resolución aumenta notablemente el periodo que hay que tener en cuenta para calcular la prestación de desempleo en el caso de despido objetivo», resalta .