Una asesoría asturiana deberá pagar más de 38.000 euros a una empresa por errores con Hacienda

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Juzgado de Oviedo
Juzgado de Oviedo

Era la encargada de llevar la contabilidad de la empresa y como no cumplieron los requisitos legales incurrieron en errores importantes que fueron reveladores para la inspección y que provocaron sanciones para la compañía

10 mar 2022 . Actualizado a las 11:08 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo ha condenado a una asesoría fiscal y a su compañía aseguradora a abonar 38.191 euros a una empresa por su negligente actuación profesional en la llevanza de la contabilidad que derivó en varias sanciones de Hacienda por las irregularidades detectadas en sus declaraciones de impuestos.

El abogado Fernando Luis Rodríguez Castro, de Graíño Legal, interpuso una demanda en nombre de la empresa contra la asesoría fiscal por su negligente actuación en la cumplimentación de los distintos modelos de declaraciones de impuestos, lo que motivó la apertura de una inspección tributaria por parte de Hacienda.

La inspección levantó cuatro actas por supuestas irregularidades a la empresa que tuvo que abonar 23.863 euros por las sanciones, 6.696 euros por intereses de demora y se vio obligada a rehacer su contabilidad con un coste de 7.632 euros.

La asesoría y su aseguradora, con la que tenía suscrito un contrato de responsabilidad civil, se opusieron a la demanda alegando que la contabilidad e impuestos se hacían conforme a la documentación facilitada por la empresa sin que le correspondiese realizar «labores de policía o asumir una revisión en profundidad» de la contabilidad e impuestos y limitaban su responsabilidad a tres facturas que reconocieron en el juzgado que no habían contabilizado.

Sin embargo, la magistrada-jueza declara acreditado que la asesoría fiscal no sólo asumió contabilizar las facturas que le pasaba la empresa, sino que también se dedicada a realizar todo lo relativo a la contabilidad, impuestos y asesoramiento, ya que ésta carecía de personal con conocimientos en la materia, por lo que era responsable de las consecuencias derivadas de la incorrecta llevanza de la contabilidad y gestión de impuestos.

En su resolución hace hincapié en el exhaustivo informe pericial que concluye que la contabilidad no cumplía con los requisitos legales incurriendo en errores importantes que fueron reveladores para la inspección, entre otros, la existencia de ingresos no justificados que figuraban en los bancos y no se correspondían con la contabilidad.

Los anticipos tampoco se contabilizaban con la correspondiente factura y, en ocasiones, se ingresaban en la caja y con ellos se pagaban facturas llegando a contabilizar una caja negativa, «lo que no puede darse nunca -señala la sentencia- y luego se ingresaban en el banco y se contabilizaban en la cuenta de socios», cuando tendría que haber existido una cuenta de anticipos y, una vez ingresados, pasarlo a la cuenta de bancos.

La cuenta de caja arrojaba, en ocasiones, un saldo negativo lo que, según expone la jueza, es «completamente anormal» siendo ésta una de las primeras cuentas que examina la inspección y además las existencias permanecieron invariables con el paso de los años, lo que resulta «imposible y llamativo», añade.

Los defectos en la contabilidad tenían su reflejo en las declaraciones fiscales que tampoco eran correctas al igual que en las cuentas anuales que no se formularon ni se depositaron lo que determinó el cierre registral y a todo ello se añadía que la memoria no incluía la distribución de resultados; un cúmulo de errores que, según la jueza, provocaron las sanciones y el pago de intereses de demora, informa Efe.