El Supremo tumba la unificación de las comandancias de la Guardia Civil de Oviedo y Gijón

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Agentes de la Guardia Civil de Tráfico
Agentes de la Guardia Civil de Tráfico Agostiño Iglesias

La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC)

19 abr 2022 . Actualizado a las 16:31 h.

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la unificación de las dos comandancias de la Guardia Civil de Oviedo y Gijón que iban a fusionarse bajo la denominación de Zona de la Guardia Civil del Principado de Asturias al no haber sido oído previamente el Consejo del instituto armado y al afectar a aspectos sociales, profesionales y económicos de los guardias civiles.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Sección Cuarta del alto tribunal ha estimado así el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) contra el acuerdo del Consejo de ministros que el 24 de agosto de 2021 aprobó la unión de ambas comandancias con el objetivo de establecer su sede en Oviedo.

El TS advierte que al no haber oído previamente la opinión del Consejo de la Guardia Civil se omitió un trámite que era preceptivo en virtud del artículo 54 de la Ley Orgánica de 2007 sobre derechos y deberes de los miembros del instituto armado que hace referencia a los asuntos que afecten a otros aspectos sociales, profesionales y económicos de los guardias civiles. La asociación AUGC sostenía que la unificación afectaba inevitablemente al número y a los destinos del personal, lo que era subsumible en la idea de aspectos sociales y profesionales de los miembros de la Guardia Civil y entendía que el acuerdo impugnado adolecía de insuficiente motivación ya que se refería a las «transformaciones territoriales y demográficas experimentadas en Asturias en los últimos años», sin ninguna explicación posterior.

Tampoco se decía, según la asociación profesional, cuáles eran las necesidades objetivas para modificar el número de comandancias por provincia y advertía que la situación de la delincuencia y del orden público en Asturias era muy positiva en comparación con el resto de España, por lo que no estaría justificado un cambio en la estructura de la Guardia Civil en el Principado.

Por su parte, el abogado del Estado se oponía al recurso al argumentar que el acuerdo del Consejo de ministros no era ilegal y rechazaba que fuera preceptivo oír previamente al Consejo de la Guardia Civil pues los «aspectos profesionales» a que se refiere el artículo 54 de la Ley Orgánica de 2007 son los regulados en el Título V de la misma (carrera profesional, horario, vacaciones, licencias, etc.), entre los que, según afirmaba, no se encuentra nada relativo al número de comandancias.

El Supremo se decanta a favor del recurso al considerar que es «innegable» que se omitió el trámite de oír al Consejo que era «preceptivo» cuando el acto que se proyecta aprobar afecta a aspectos sociales, profesionales o económicos de los miembros del instituto armado y sostenía que el hecho de que la unificación podía afectar al número de efectivos y a la distribución del trabajo son aspectos que «tocan lo profesional».

Para los magistrados, la argumentación del abogado del Estado es «insatisfactoria» y resulta «insuficiente» y por ello le impone las costas hasta un máximo de 2.000 euros por todos los conceptos, informa EFE.