Volotea abonará 575 euros a dos pasajeros por no avisarles directamente de la cancelación del vuelo

La Voz REDACCIÓN

ASTURIAS

Un avión de Volotea
Un avión de Volotea

El juez estima que hay que avisar de la reprogramación del vuelo a los pasajeros y no solo al agente intermediario, y por ello condena a la compañía aérea

01 jun 2022 . Actualizado a las 12:45 h.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo ha condenado a Volotea a que abone a dos pasajeros la cantidad de 575 euros por no avisarles directamente de la cancelación de su vuelo, pese a que la aerolínea de bajo coste ha acreditado que comunicó la cancelación con más de 14 días de antelación a la agencia de viajes Lastminute a través de la cual se tramitaron los billetes de avión.

El juez estima que hay que avisar de la reprogramación del vuelo a los pasajeros y no solo al agente intermediario, y por ello condena a la compañía aérea a pagar 250 euros por pasajero por la compensación que marca la normativa europea, más 75 euros adicionales por gastos derivados de la cancelación, que en este caso fue la contratación de un coche compartido, BlaBlaCar, para llegar al destino final.

El vuelo, que estaba previsto salir de Valencia y llegar a Bilbao el 13 de agosto de 2020, fue cancelado. La aerolínea alegó durante el procedimiento que se avisó el 27 de julio de 2020 de dicha cancelación, es decir, con más de dos semanas de antelación, y que por tanto no estaba obligada a abonar cuantía en concepto de indemnización a los pasajeros.

Sin embargo, ese aviso se hizo a la agencia de viajes con la que se contrató el vuelo y no a los pasajeros, que se enteraron de la reprogramación del mismo a la hora de hacer el check in, cuatro días antes de la salida del vuelo. Al no poder coger el avión con la nueva hora de salida, los pasajeros tuvieron que buscar otro medio de transporte para volver a sus casas.

El Reglamento 261/2004, que regula indemnizaciones por retrasos y cancelaciones de vuelo, entre otras cuestiones, exime a las aerolíneas de abonar a los pasajeros una compensación por dicha cancelación cuando se informe de esta con al menos dos semanas de antelación con respecto a la hora prevista de salida del vuelo.

El abogado de reclamador.es Jorge Ramos, que ha defendido el caso, explica que «el juez afirma que ha resultado acreditado el aviso de cancelación con más de 14 días, pero que dicho aviso se ha hecho a través de la comercializadora intermediaria Bravofly (Lastminute) a través de un e-mail, y no ha resultado acreditado que los pasajeros hubieran recibido personalmente tal comunicación con esta antelación, y todo ello pese a que la aerolínea pudo hacerlo personalmente, pues en la reserva se establecía el teléfono de contacto», informa Europa Press.