El exalcalde de Cudillero, absuelto de denunciar falsamente al jefe de la Policía Local

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Francisco González, exalcalde de Cudillero
Francisco González, exalcalde de Cudillero

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Oviedo

27 jul 2022 . Actualizado a las 16:16 h.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo ha absuelto al exalcalde de Cudillero, Francisco González, del delito de denuncia falsa que le imputaba el jefe de la Policía Local, Iván Flórez, por trasladar a la Fiscalía que había exigido a la comisión de festejos 120 euros diarios para vigilar los locales de ocio durante las fiestas patronales, a pesar de saber que había sido el denunciante quien había terminado con esas prácticas irregulares.

La titular del juzgado asegura que hay «absoluta falta de prueba cierta» para afirmar que el entonces alcalde, el socialista Francisco González, actuase «de forma dolosa» al trasladar a la Fiscalía una copia certificada de las actuaciones practicadas en vía administrativa con el expediente disciplinario que le había abierto al jefe policial, con el que estaba enemistado.

El expediente administrativo había sido abierto a raíz de la denuncia presentada por el presidente y el tesorero de la Comisión de Festejos de San Pedro en la que alertaban de las exigencias del cobro de 120 euros por día en concepto de labores de vigilancia de los locales de ocio durante las fiestas patronales. Finalmente, el expediente concluyó con una propuesta en el año 2010 de sendas faltas graves disciplinarias ante la presunta comisión de un delito de cohecho, interesando la suspensión del procedimiento y remisión de la causa a la Fiscalía u órgano jurisdiccional competente y su continuación por las faltas graves de abuso de atribuciones y prevalencia de empleado público por la condición de funcionario del jefe policial.

La causa penal fue enjuiciada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, que absolvió del delito de cohecho a Iván Flórez, el 15 de febrero de 2012, y en la misma sentencia el tribunal acordó deducir testimonio contra Francisco González como presunto autor de un delito de denuncia falsa. Sin embargo, el juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo avala la tesis de la abogada de la defensa, María Escanciano, que sostuvo durante el juicio que el exalcalde pixueto no actuó dolosamente cuando cursó la denuncia ante la Fiscalía.

Entre otras razones, la magistrada recuerda que el exalcalde conoció estos hechos a través de los miembros de la comisión quienes se reunían con Iván Flórez para coordinar el desarrollo de los festejos y posibles cortes de tráfico y éstos actuaron «de forma libre y espontánea sin recibir indicación de tercero y fueron ellos quienes decidieron trasladar tal conocimiento de los hechos denunciados al acusado». La magistrada considera que las circunstancias y los miembros de la comisión dotaban de «una posible virtualidad de realidad a los hechos», máxime cuando así se concluyó en el expediente disciplinario previo al inicio de las acciones penales, instruido por personas diferentes al acusado y respecto a las cuales «nadie ha vinculado sospecha alguna a su buen hacer profesional».

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Oviedo, informa EFE.