
Para el tribunal, no se trata de una crítica vejatoria e insultante hacia el alcalde, sino de una denuncia pública
29 jul 2022 . Actualizado a las 14:08 h.La Audiencia Provincial ha sobreseído la causa abierta por los 30.000 pasquines lanzados contra el alcalde de Mieres, Aníbal Vázquez, donde le acusaban de mentir a los vecinos en los días previos a la campaña electoral de 2019 al descartar que su contenido revista caracteres de calumnias o injurias.
En un auto firme, el tribunal de la Sección Segunda ha desestimado el recurso de apelación del alcalde contra la resolución del Juzgado de Instrucción número 2 de Mieres que había sobreseído la causa en primera instancia. Concretamente, los 30.000 folletos distribuidos en Mieres hacían alusión a que el alcalde, Aníbal Vázquez, mentía al presumir de no cobrar por su cargo municipal y llevar ocho años «cobrando 1.500 euros al mes en dinero negro», y añadía que «no le bastaba con su pensión porque lo urgente era llenarse los bolsillos en secreto a costa de los mierenses».
La Audiencia rechaza que estas manifestaciones constituyan un delito de injurias porque, según advierte, estas expresiones ponen de manifiesto que, en el contexto en que se realizaron, el ánimo de sus autores «obedeció cuando menos prioritariamente al espíritu de crítica política». Para el tribunal, no se trata de una crítica vejatoria e insultante hacia el alcalde, sino de una denuncia pública, en precampaña política, de supuestas irregularidades en su gestión que según manifestaron algunos investigados durante la instrucción «se trataba de extremos que no idearon ellos de forma falsaria, sino que respondían a rumores que los mismos habían oído dentro de sus propios círculos políticos».
La Sala también descarta que fueran constitutivas de un delito de calumnias porque tras la genérica afirmación de que Aníbal Vázquez «percibe en negro un sueldo mensual a costa de los mierenses», no se hace especificación alguna de «la forma, modo y demás circunstancias referidas a tal supuesta percepción», quedando por tanto ausentes de toda concreción los elementos básicos que habrían de conformar el supuesto tipo penal.
El auto viene a avalar las tesis de los abogados defensores de los investigados, Hernando Asociados, Francisco Pérez Platas y María Luisa Duque, que habían interesado el sobreseimiento de la causa. Esta resolución se produce apenas dos días después de que la misma sala hubiera descartado la personación en el procedimiento de IU, partido al que pertenece el alcalde, como acusación particular al no apreciar la existencia de una relación entre el grupo político y los hechos objeto de instrucción, informa Efe.