¿Quién debe cambiar a un niño si se orina encima en un colegio público?

Luis Fernández
Luis Fernández REDACCIÓN

ASTURIAS

María Pedreda

Solo los alumnos que tienen algún tipo de necesidad especial reciben un trato diferente al resto

06 oct 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Es un tema que cobra actualidad cada comienzo de curso. ¿Quién debe cambiar a un niño si se orina o se defeca en un colegio público? En esta ocasión, ha sido un grupo de padres del colegio público Vallín de Piedras Blancas el que se ha quejado públicamente, pero la normativa actual no deja margen a la interpretación. Con carácter general, son los padres -o una persona autorizada por ellos- los que, previa llamada desde el centro escolar, deben acudir a cambiar y limpiar a sus hijos. Eso sí, existen excepciones para los casos de niños que tienen algún tipo de necesidad especial.

Desde la Consejería de Educación explican que los docentes no tienen como tarea cambiar a los niños, puesto que se trata de una labor asistencial y no educativa. En los centros públicos, existe la figura del auxiliar educativo, al que se le asignan niños con algún tipo de necesidad especial, y ellos serían los encargados de cambiar a los menores. Pero las competencias de estos auxiliares, que son mucho más amplias, se ciñen a atender exclusivamente a esos niños que están asignados a su cuidado, no a toda la clase.

Los orientadores educativos y los integrantes del equipo regional de la Consejería de Educación son los encargados de establecer las necesidades concretas de cada niño con necesidades especiales y el tipo de recursos que precisan.

1.128 niños tienen asignado un auxiliar  

Según los datos aportados por la consejera de Educación, Lydia Espina, en la Junta General, en Asturias hay 1.128 niños con un dictamen en el que se recoge que necesitan un auxiliar educativo. Espina informó de que el Principado cuenta con 168 profesionales de esta categoría, por lo que la ratio es de 6,7. Además, detalló que 11 de estos auxiliares atienden a un solo alumno y que 32 de ellos atienden a tres o menos estudiantes.

Competencias de los auxiliares educativos

Las funciones de los auxiliares educativos están recogidas en el V Convenio del personal laboral de la Administración del Principado. Según ese documento, sus competencias son, en los centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, las siguientes:

-Atender las necesidades educativas especiales de los alumnos así calificados. -Colaborar en su traslado y desplazamientos, en las salidas excursiones o fiestas programadas, en su atención, vigilancia y cuidado durante los periodos de recreo o descanso.

-Acompañarles en la ruta escolar.

-Colaborar con los profesionales correspondientes en el desarrollo y ejecución de programas de autonomía personal y social en periodos de descanso y comedor.

-Informar del seguimiento y aplicación de la labor desarrollada.