Corvera indemnizará con 13.827 euros a la familia de un niño herido en la cara tras caer en un parque

Marcos Gutiérrez REDACCIÓN

ASTURIAS

Imagen de archivo de un jugo de un parque
Imagen de archivo de un jugo de un parque

El Consejo Consultivo del Principado de Asturias apunta que técnicos municipales admitieron en su informe «el estado defectuoso» de la parte posterior del palo de una farola contra la que impactó el pequeño, que contaba con unas bridas cortantes, sin «funcionalidad conocida»

07 feb 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Pleno del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, en una sesión celebrada el día 5 de diciembre de 2024, ha acordado que el Ayuntamiento de Corvera indemnice con 13.827,43 euros a la familia de un niño de cinco años por las heridas que sufrió tras una caída en una zona infantil, en la que impactó contra una brida metálica con una arista cortante.

En efecto, con fecha 3 de mayo de 2024, el padre del menor presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos por su hijo tras una caída en un parque público. Los hechos tuvieron lugar el 7 de marzo de 2024 cuando el niño, de cinco años de edad, se encontraba en una plaza, «sin ningún tipo de advertencia que impida el juego de menores», cuando se produjo el impacto contra la parte posterior del palo de una farola que se encontraba ubicada en esa plaza, «la cual tenía un fleje/brida metálica con una arista cortante» que sobresalía de la misma, «sin que estuviese protegida», tal como consta en el informe de la Policía Local aportado, y en las fotografías adjuntadas.

Tras identificar a varios testigos de los hechos, el padre señaló que, como consecuencia del suceso, el niño sufrió una «herida inciso contusa en región mandibular izquierda, de aproximadamente 8 centímetros, por lo que fue derivado a Cirugía Plástica» de un centro hospitalario, en el que «recibió puntos de sutura y tratamiento médico» hasta el día 7 de abril de 2024, «periodo en el que no pudo acudir a su centro escolar».

La familia del pequeño solicitaba una indemnización de 16.161,97 euros en concepto de «30 días de perjuicio moderado», 10 puntos de secuelas estéticas, e «intervención quirúrgica». El día 8 de mayo de 2024, un técnico del consistorio emitió un informe en el señaló que, realizada visita a la zona, «la presencia de los citados flejes (…) constituía un riesgo innecesario, por no cumplir ninguna funcionalidad y encontrarse junto a una zona de juegos infantiles».

Asimismo, el día 30 de julio de 2024, la entidad aseguradora remitió la valoración de los daños, considerando la procedencia de indemnizar por «15 días de perjuicio personal particular moderado», 10 días de «perjuicio personal básico», intervención quirúrgica grupo III, y «perjuicio estético 7 puntos», ascendiendo la suma total a 11.139,46 euros.

En este estado de tramitación, mediante escrito de 8 de octubre de 2024, la Alcaldía de Corvera de Asturias solicitó al Consejo Consultivo del Principado un dictamen sobre este asunto. En su dictamen, el consejo establece que, a la luz de los informes médicos aportados, «no ofrece duda» que el niño sufrió una herida que requirió asistencia sanitaria.

El Consejo Consultivo apunta que el Ayuntamiento de Corvera «es titular del equipamiento público» en el que se produjo el accidente, que tuvo lugar en una plaza situada en las inmediaciones tanto de una zona de juegos infantil como de instalaciones deportivas, según afirma el propio servicio municipal competente, y confirman las fotografías unidas al expediente.

En el caso examinado, el ente resalta que «el reclamante atribuye la lesión sufrida por su hijo al impacto con la arista metálica existente en una farola». Por su parte, el Ingeniero Municipal «admite el estado defectuoso de ese elemento», pues, pese a haberse eliminado al tiempo de emitir el informe, las fotografías tomadas por la Policía Local «evidencian» la existencia de unos flejes superfluos, sin «funcionalidad conocida», que «probablemente sujetaron en su momento una papelera, pero no fueron retirados cuando se eliminó la misma».

El Consejo Consultivo del Principado de Asturias determina que, de acuerdo con la documentación incorporada al expediente, «son indemnizables los conceptos de perjuicio personal particular básico y perjuicio estético». La suma de las cuantías calculadas según lo señalado arroja la cifra de 13.827,43 euros.