El dueño de una cuadra y un constructor asumen la condena por un delito contra la ordenación del territorio

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Juzgados de Oviedo
Juzgados de Oviedo EUROPAPRESS

Ambos implicados han reconocido su culpa por transformar ilegalmente una cuadra en vivienda en el Parque de Las Ubiñas-La Mesa, realizando obras sin la correspondiente autorización

08 may 2025 . Actualizado a las 16:44 h.

El propietario de una cuadra en el Parque de Las Ubiñas-La Mesa y un constructor han reconocido este jueves que convirtieron la cabaña en una vivienda residencial al margen de la ley, tal y como sostenía la Fiscalía del Principado de Asturias, y han asumido una condena por un delito contra la ordenación del territorio.

La vista oral estaba señalada esta mañana en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo. Con fecha del 23 de noviembre de 2011, un acusado presentó ante el registro del Ayuntamiento de Quirós un escrito por el que solicitaba licencia de movimiento de tierras para hacer drenaje perimetral y evitar las filtraciones y humedades que se producían en una finca en Santa Marina, Lena, en la que existía una cabaña/cuadra.

La solicitud fue informada favorablemente por el Ayuntamiento, si bien, al encontrarse los terrenos dentro del ámbito del Parque de Las Ubiñas-La Mesa, se le informó que resultaba preceptivo el informe favorable de la dirección del Parque, que, al comprobar que se estaba ampliando la cabaña para convertirla en vivienda informó desfavorablemente, por lo que la licencia le fue denegada.

Posteriormente, en fechas no determinadas pero en todo caso anteriores a finales del año 2013, sin contar con licencia ni autorización para ello, bien por sí mismo bien mediante pago a terceras personas no identificadas, procedió a ejecutar obras consistentes en movimientos de tierras para nivelar el terreno de los alrededores de la cabaña, construcción de varios encofrados para levantar anexos en los laterales y parte trasera de la misma, captación de agua de un arroyo próximo y construcción de una fosa séptica.

Al haberse llevado a cabo las obras sin autorización, y además no resultar la misma posible conforme a la normativa en vigor, se procedió a incoar expediente sancionador. Por resolución de 13 de octubre de 2013 se le impuso la sanción pecuniaria de pago de una multa de 6.010,13 euros, así como la exigencia de la reparación de los daños causados, consistente en restauración del talud de desmonte creado mediante siembra de especies pratenses propias de la zona, eliminación de los encofrados realizados alrededor de la cabaña y eliminación de la captación de agua e infraestructura de saneamiento creada para la vivienda.

Lejos de proceder conforme lo exigido, y con la finalidad de concluir la transformación de la antigua cabaña ganadera en vivienda de tipo residencial, el acusado levantó un anexo lateral aumentado la volumetría, efectuó una construcción anexa de 8,85 metros cuadrados, incorporó una cámara frigorífica a modo de caseta con cubierta de teja, adosó a un lateral una pérgola de madera con techo de cañizo y realizó una acometida de instalación eléctrica, antena de televisión, fosa séptica, captación de agua y chimenea de pellets.

Contrató como constructores a la mercantil XXX y a su administrador único, el otro acusado, quien, el 21 de agosto de 2017, solicitó al Ayuntamiento de Quirós licencia para pavimentar con hormigón las roderas del camino que va desde la entrada de la finca a la edificación, al haber obtenido ya permiso de la demarcación de carreteras para pavimentar el acceso a la finca desde la carretera, que le fue concedida.

Además de esta obra, y sin autorización de la dirección del Parque ni del Ayuntamiento, procedió a la ejecución de obras de hormigonado de dos de los laterales de la cabaña, y hormigonado de dos áreas a ambos lados de la zona delantera, una en la parte izquierda de la edificación de 28,43 metros cuadrados y otra en la parte derecha, de unos 12 metros cuadrados, desde la cabaña a la salida sur.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito continuado y permanente contra la ordenación del territorio del territorio. El propietario de la cuadra aceptó la condena de dos años de prisión, mientras que el constructor otra pena de un año y medio de cárcel, informa Europa Press.