El «premio» de la vía fiscal asturiana para los jóvenes: gasolina por ocio, conciertos o móviles a deducir en la declaración de la renta
ASTURIAS
Cuando la campaña de la renta lleva algo más de un mes en curso, dentro de la vía fiscal asturiana una de las novedades más significativas es la entrada en vigor de una nueva deducción sobre los gastos vitales de los menores de 35 años, que incluye un buen número de supuestos desgravables
12 may 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Cuando la campaña de la renta lleva algo más de un mes en curso, el Gobierno del Principado sigue conminando a los contribuyentes a que revisen detenidamente las deducciones incluidas dentro de la vía fiscal asturiana a la hora de hacer la declaración. La batería de bonificaciones impulsadas por el Ejecutivo autonómico se estima que beneficiarán a más de 100.000 personas y supondrán un impacto para las familias asturianas de 70 millones. Una de las novedades más significativas es la entrada en vigor de una nueva deducción sobre los gastos vitales de los menores de 35 años. Se trata de una iniciativa pionera en España y que puede llegar hasta los 2.000 euros, en función de la edad del contribuyente. La deducción incluye bonificaciones en vivienda, educación, transporte, tecnología, deporte o cultura.
De acuerdo con lo que establece el Principado, ésta bonificación ha de interpretarse «en sentido amplio», ya que no se ha pretendido definir «una lista tasada de gastos» sino, más bien, «la naturaleza de los mismos». Resultaría admisible cualquier gasto asociado a capítulos como los relacionados con la vivienda y suministros asociados a la misma, gastos educativos, de transporte y movilidad, de tecnología, gastos deportivos y culturales. El límite máximo para desgravarse es de 2.000 euros para los contribuyentes de hasta 25 años; 1.500 para los contribuyentes con edades comprendidas entre los 26 y los 30 años y 1.000 euros para los contribuyentes con edades comprendidas entre los 31 y los 35 años.
El requisito de la edad «debe entenderse referido a la fecha en la que se produce el hecho que da derecho a la deducción y no a la fecha de devengo del impuesto». A los contribuyentes que se encuentren en dos tramos de edad durante el ejercicio se les aplicará el importe máximo de la deducción de mayor cuantía. En el supuesto de tributación conjunta, cuando varios miembros de la unidad familiar cumplan los requisitos para la aplicación de la deducción, el límite anterior se aplicará para cada uno de ellos y no por declaración. Los requisitos para la aplicación de la deducción incluyen que se trate de contribuyentes de hasta 35 años de edad y que la suma de las bases imponibles general y del ahorro de la declaración no supere los 28.000 euros anuales. La acreditación documental de los gastos que generen derecho a deducción deberá realizarse mediante factura o cualquier otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en Derecho.
Todos los gastos vitales que se puedan acreditar en la práctica
Fuentes de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos del Principado señalan a La Voz que, en la práctica, «todos los gastos vitales que se puedan demostrar», se contemplan, siempre que no se incluyan por duplicado. Sería el caso, por ejemplo, de un arrendamiento, el cual, si ya aparece en el segmento de deducciones por alquiler de vivienda habitual, no podría hacerse lo propio en los gastos vitales en que incurran los contribuyentes de hasta 35 años. En este sentido, señala que se trata de una deducción «con vistas a incrementar la renta disponible de los jóvenes con el fin de favorecer que emprendan su vida independiente» y facilitando «que establezcan su domicilio en Asturias». La iniciativa está encaminada a «primar a un colectivo que necesita de las mejores herramientas para emprender o profundizar en su proyecto de vida en Asturias».
Abel Fernández, decano del Colegio de Economistas de Asturias, explica que, salvo cuestiones concretas y eliminando el elemento de la duplicidad de deducciones, el abanico de cuestiones bonificables en términos impositivos es muy amplio. Por ejemplo, en el apartado de educación puede incluir «los gastos vinculados a cualquier tipo de enseñanza», tales como «compra de material, incluso uniformes, para el colegio, entrarían cursos de formación de todo tipo...». Del mismo modo, en transporte serían deducibles «gastos de combustible o, si hago un desplazamiento voy en un transporte público y tengo el ticket, o demuestro la realidad de ese viaje, pues lo mismo». En este sentido, no tiene que ser un viaje de trabajo para ser deducible, ya que un traslado por cuestiones de ocio «también es movilidad», siempre y cuando se pueda acreditar.
«En gastos de tecnología, pues el software, la compra del ordenador y programas perfectamente también formarían parte, al igual que los teléfonos móviles o la conexión a Internet». En lo que respecta a los gastos deportivos, Abel Fernández matiza que «se refiere más a la realización de una actividad deportiva de manera activa», tal como «apuntarse a un gimnasio o a una actividad deportiva reglada» y no, por ejemplo, a una de tipo pasivo como asistir a un partido de fútbol como espectador. En el caso de bonificar el ejercicio personal bastaría, por ejemplo, «un certificado del propio gimnasio en el que diga que, efectivamente, acudes o que pagas unas cuotas».
En materia de cultura «pueden estar las entradas de cine, de teatro y los conciertos». «Un concierto de rock entraría dentro de una actividad cultural, al igual que la compra de libros», expone el decano del Colegio de Economistas de Asturias. En este ámbito, «lo que hay que tener en cuenta es que no podemos tener una duplicidad», en el sentido de que ese gasto se encuadre ya «dentro de otra deducción».